La Justicia reconoce la nacionalidad española a un peruano tras acreditar su ascendencia sefardí: estos son los documentos que entregó

La Audiencia Provincial de Madrid considera que la documentación aportada demuestra tanto su condición de sefardí como la especial vinculación con el país

Los casos de personas descendientes de sefardíes expulsados de España que reclaman la nacionalidad española son habituales. (Montaje Infobae)

Nicolas, ciudadano peruano representado por su madre, Adela, inició el procedimiento para obtener la nacionalidad española como sefardí originario de España según la Ley 12/2015. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública denegó la solicitud en 2021, argumentando que los documentos aportados no acreditaban de forma suficiente ni su ascendencia sefardí ni la especial vinculación requerida con España. La demanda fue desestimada en primera instancia, lo que llevó a Nicolas a recurrir en apelación.

La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso presentado por Nicolas. El tribunal considera que la documentación aportada demuestra tanto su condición de sefardí como la especial vinculación con el país. Entre los documentos valorados figuran certificados de comunidades judías reconocidas y avaladas por la Federación de Comunidades Judías de España, informes genealógicos y certificados académicos relacionados con la cultura y sociedad españolas. La sentencia reconoce a Nicolas la nacionalidad española por carta de naturaleza, deja sin efecto la resolución administrativa previa y obliga a la administración a realizar los trámites necesarios para la efectividad de esta declaración. No se imponen costas a ninguna de las partes.

Los documentos entregados

Nicolas inició el proceso de solicitud de nacionalidad española aportando pruebas como certificados de origen sefardí emitidos por la Congregación Or VeShalom de Atlanta y la Sociedad de Beneficencia Israelita Sefaradí de Lima, así como informes genealógicos elaborados por especialistas y documentos de entidades reconocidas. La administración cuestionó la validez y suficiencia de estos documentos: señaló falta de aval territorial, ausencia de reconocimiento legal del rabino firmante y la supuesta insuficiencia de los informes genealógicos y de apellidos para cumplir los requisitos exigidos por la Ley 12/2015.

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La demanda presentada por Nicolas fue rechazada inicialmente por el Tribunal de Instancia de Madrid, que consideró que no se habían cumplido los requisitos legales. Sin embargo, en apelación, la Audiencia Provincial revisó los documentos aportados y las resoluciones previas de la Dirección General, y concluyó que sí se cumplían los requisitos legales. El tribunal valoró la doctrina del Tribunal Supremo, que establece que los medios probatorios deben ser considerados en su conjunto y que los informes genealógicos y de apellidos pueden ser suficientes si son emitidos por entidades competentes. Además, constató que Nicolas había superado las pruebas exigidas por el Instituto Cervantes para acreditar la especial vinculación con España.

Un pasaporte español y uno peruano se exhiben junto a una Estrella de David, una llave antigua y un paño bordado, simbolizando la conexión con la herencia sefardí. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El recorrido judicial ha incluido una primera instancia desfavorable, seguida de un recurso de apelación que resultó estimado. La sentencia de la Audiencia Provincial no admite recurso ordinario, aunque cabe recurso extraordinario de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo legal establecido. Mientras tanto, la sentencia reconoce la nacionalidad española de Nicolas y ordena a la administración realizar los actos necesarios para hacer efectiva esta declaración.

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