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Los villancicos seguirán sonando en Vigo: una jueza concluye que en las pasadas fiestas se respetaron los niveles de ruido tras la denuncia de una vecina

“Esas superaciones ocasionales deben considerarse como admisibles, atendiendo a criterios de proporcionalidad derivados de la ponderación del derecho al descanso de los vecinos y el interés público derivado de la celebración de los festejos navideños”

Varias personas pasean por el centro de Vigo en la Navidad de 2022. (Gustavo de la Paz / Europa Press)

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo ha avalado las medidas tomadas por el Concello para reducir el impacto acústico de la celebración de los festejos navideños. La jueza concluye que, en las pasadas fiestas, se respetaron los niveles de ruidos máximos legalmente permitidos, “salvo en determinados momentos puntuales”.

Todo comenzó con una vecina que presentó una demanda contra el Concello de Vigo alegando la vulneración de sus derechos fundamentales debido a la contaminación acústica provocada por los festejos navideños celebrados en la ciudad. En el escrito sostuvo que los niveles de ruido generados durante las festividades, especialmente en las zonas cercanas a los eventos como el mercadillo navideño, el alumbrado y las atracciones, excedían los límites establecidos por la normativa aplicable, afectando su bienestar y su derecho al descanso.

Por todo ello, solicitaba que el Concello adoptara las medidas necesarias para evitar la repetición de esta conducta lesiva y para garantizar que los niveles de ruido no superaran los umbrales permitidos por la ley. Además, de una indemnización por los daños sufridos a raíz de la exposición constante a altos niveles de ruido.

Vulneración de los derechos fundamentales

El 28 de febrero de 2025, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dictó sentencia a favor de la demandante, considerando que el Concello de Vigo había infringido los derechos fundamentales de la demandante al permitir que los niveles de ruido durante los festejos navideños superaran los límites legales establecidos. El TSXG ordenó al Concello tomar las medidas necesarias para evitar la reiteración de la conducta lesiva y para asegurar que los niveles de ruido se mantuvieran dentro de los límites permitidos. Asimismo, el tribunal condenó al Concello a indemnizarla con la cantidad de 600 euros por los daños ocasionados.

Sin embargo, las cosas no terminaron aquí. Tras la sentencia, la mujer solicitó la ejecución forzosa de la misma, dado que consideraba que, a pesar de la condena, las medidas necesarias aún no se habían adoptado de manera efectiva.

Por su parte, el Concello de Vigo alegó que la sentencia ya se había cumplido, tanto en cuanto a la adopción de las medidas correctivas como en el pago de la indemnización. En particular, el Concello presentó un informe de impacto acústico que mostraba que, durante la campaña navideña de 2024-2025, los niveles de ruido se mantuvieron dentro de los límites permitidos, salvo en algunos momentos puntuales, que se atribuyeron a la alta concentración de personas en las zonas cercanas a las atracciones y actividades.

“Las medidas se han adoptado”

La resolución llevada a cabo ahora por Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vigo se basa en los informes técnicos aportados y destaca que esas superaciones ocasionales “deben considerarse como admisibles, atendiendo a criterios de proporcionalidad derivados de la ponderación del derecho al descanso de los vecinos y el interés público derivado de la celebración de los festejos navideños”.

Así, indica que, frente a lo alegado por la parte recurrente, el fallo del TSXG “en ningún momento ordena la reubicación de los festejos navideños, sino que, simplemente, y sin prejuzgar la forma, condena al Concello de Vigo a adoptar en lo sucesivo las medidas necesarias para ‘evitar la reiteración de su conducta lesiva de los derechos fundamentales y para garantizar que los niveles de ruidos exteriores e interiores no rebasen los umbrales fijados por las normas aplicables’”.

La titular de este juzgado afirma en el auto que “se ha acreditado que las medidas se han adoptado ya en la campaña de celebración de las Navidades de este año, tal y como alega el Concello de Vigo”.

Una empresa especializada en ingeniería acústica

Para alcanzar esa conclusión, se basa en el informe de mediciones realizado por una empresa especializada en ingeniería acústica durante la campaña de Navidad 2024-2025, así como en el informe de impacto acústico aportado por el Concello de Vigo. La compañía, en jornadas de baja afluencia, corroboró que los niveles de ruido ocasionados por el funcionamiento de las atracciones y megafonía se encontraban por debajo de los valores límite establecidos en la legislación.

En cuanto a los días de alta afluencia, indicó que los niveles de ruido promedio cumplían, en general, los valores límite, “a excepción del entorno más próximo al árbol de Navidad de Porta do Sol, donde se llegaron a obtener valores superiores, en momentos puntuales y debidos a la alta concentración de gente”. Además, apuntó que, durante esas jornadas, se registraron “ligeras superaciones puntuales debidas a los gritos de la gente durante el funcionamiento de las atracciones en el entorno de la noria, así como del público infantil en atracciones como el Super Mario”.

Spot de la campaña de Navidad de Atresmedia en 2024: 'Bienvenidos a la mesa de Navidad más grande del Mundo’. (Atresmedia)

La empresa, según recoge el auto, constató que el aumento en los niveles de ruido medidos y las superaciones puntuales se debieron al ruido provocado por el público, al tiempo que destacó que “el incremento de los niveles de ruido debido a los gritos de la gente, entre las jornadas de alta y baja afluencia, es notablemente menor que en las anteriores ediciones”, así como que “esa mejora en los niveles de ruido se debe, en gran parte, a las medidas de reducción tomadas en la presente edición, tales como la instalación de atracciones de corte infantil frente a las de público adulto en las zonas más sensibles, donde el ruido provocado por los gritos fue menor”. El auto no es firme, pues cabe interponer recurso de apelación.

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