Para recibir atención médica en España, es necesario estar empadronado. Este procedimiento permite al ciudadano acceder a la red de servicios públicos del país y no es un simple trámite administrativo, sino que es un mecanismo que permite a los ayuntamientos de las localidades planificar y asignar estas prestaciones. Por tanto, si no se está empadronado, no se podrán disfrutar de algunos servicios de salud ofrecidos por la Seguridad Social española.
Hay algunos, sin embargo, que son gratuitos para todos, independientemente del estatus de empadronamiento: el artículo 3.2. de la Ley 14/1986 establece que “las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva”, por lo que se reconoce el derecho a recibir atención sanitaria en cualquier centro público de España a todo residente en el país. Los médicos de urgencias, por tanto, deberán atender a todos los pacientes independientemente de cuál sea la comunidad autónoma de origen.
Sin embargo, existen situaciones en las que una persona abandona de forma temporal su comunidad autónoma, por ejemplo, por una cuestión laboral. En este caso, la tarjeta sanitaria de la Seguridad Social seguirá estando vinculada a la región en la que se esté empadronado. Por tanto, aunque se seguirá teniendo derecho a la asistencia sanitaria, podrían tenerse dificultades para la asignación de un médico de cabecera en la ciudad en la que se trabaja si no se tiene registrado el domicilio allí.
Lo mismo ocurre con la atención especializada, pues estas consultas suelen requerir derivación del médico de cabecera, pudiendo ser posible una complicación en la gestión de citas y pruebas médicas. Además, si se necesita renovar la medicación por una enfermedad o patología crónica, esto podría ser difícil sin un médico asignado en la ciudad en la que se trabaja.
Si se va a vivir de forma estable en otra ciudad, lo más recomendable es cambiar el empadronamiento para evitar problemas en la atención sanitaria o en otros servicios públicos. Sin embargo, existe otro procedimiento por el cual el ciudadano puede solicitar esta asistencia en su lugar de trabajo sin modificar el domicilio.
Tarjeta de desplazamiento temporal
Esta opción resulta muy práctica para aquellas personas que viven temporalmente fuera de su comunidad autónoma, puesto que es una cartilla provisional que les permitirá la asignación de un médico de cabecera en el centro de salud más cercano al nuevo lugar de residencia, pero sin modificar el empadronamiento (y, por tanto, sin perder el médico asignado en origen). Esta tarjeta es la misma en todas las comunidades, aunque suelen existir diferencias en cuanto a la duración, que normalmente es de entre 3 a 6 meses renovables.
Para solicitar esta tarjeta de desplazamiento temporal el proceso es muy sencillo y en algunas comunidades autónomas puede realizarse incluso por internet, por ejemplo en la Región de Murcia o en Aragón. Para realizar este procedimiento de forma presencial, los pasos que deben seguirse son los siguientes:
- Acudir al centro de salud más cercano al nuevo lugar de residencia, donde el personal administrativo se encargará de rellenar la solicitud.
- La documentación necesaria que debe presentarse será generalmente el DNI o NIE, la tarjeta sanitaria de la comunidad autónoma de origen y un documento que justifique la estancia, como puede ser un contrato de trabajo, un certificado de empresa, un alquiler...
- El personal del centro de salud registrará al ciudadano como paciente desplazado, por lo que recibirá una nueva tarjeta con los datos y la duración de la asistencia sanitaria. Mientras dure el desplazamiento, se asignará un médico de cabecera en la nueva localidad.