
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que los contratos de personal interino de la administración pública que encadenen varios contratos temporales deberán convertirse en indefinidos, con el fin de perseguir y sancionar los abusos de la administración pública. Esta sentencia, en respuesta a la petición de tres trabajadoras interinas de la Generalitat de Cataluña cuya plaza quedó ocupada por un funcionario de carrera, ha amparado a las empleadas públicas.
Ellas defendían que su empleo no respondía a necesidades temporales, urgentes o excepcionales, sino que se correspondía a tareas ordinarias, duraderas y permanentes. Consideraban excesiva la situación ofrecida por la administración y solicitaban que su contrato temporal de larga duración se transformase en indefinido. A su vez, pidieron una compensación económica de 18.000 euros o de una cantidad apropiada, como sanción por el recurso abusivo a sucesivos contratos o relaciones laborales.
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En su sentencia, el TJUE respalda a las trabajadoras, afirmando que, ante la falta de medidas adecuadas en la legislación nacional para prevenir y sancionar abusos, la conversión de contratos de duración determinada en indefinidos puede ser una medida adecuada de prevención y reparación. Sin embargo, subraya que corresponde a los juzgados nacionales asegurar que esta conversión no contradiga la ley. La sentencia deja en entredicho la vía diseñada por el Gobierno para acabar con el abuso de la temporalidad.
No es definitivo
Pese a que el fallo del TJUE es muy favorable para los interinos, no es definitivo. La Justicia europea marca las vías, pero deja distintos caminos y medidas a la libre elección de los Gobiernos y tribunales nacionales. El TJUE apunta que la fijeza “puede constituir una medida adecuada”, pero no es la única posibilidad. Ahora es la Justicia española la que debe decidir cómo resolver esta problemática pública, pero lo que queda claro es que la situación planteada hasta la fecha no es suficiente.
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En definitiva, el TJUE indica que no existen “medidas adecuadas en el Derecho nacional” para sancionar a las Administraciones por este abuso que, en uno de los casos evaluados, superó los 30 años (la trabajadora estuvo 37 años de interina en la Administración de Justicia de Cataluña). Por ello, reafirma, como ya hizo hace unos meses, que la fijeza constituye una reparación adecuada para los trabajadores temporales en abuso de temporalidad. En concreto, señala que “la conversión de estos contratos o relaciones en una relación de empleo por tiempo indefinido puede constituir una medida de ese tipo”.
La solución propuesta por el Gobierno consiste en que las plazas ocupadas por interinos salgan a oposición. El TJUE no se opone frontalmente a esta medida, pero considera que no supone una sanción reparadora para los trabajadores que van a perder su puesto ni funciona a modo de prevención; distintas Administraciones Públicas podrían sentirse tentadas en un futuro próximo a recurrir a la temporalidad. Por tanto, la solución que elaboró el Ejecutivo no resuelve frontalmente el problema ni transpone adecuadamente el Acuerdo Marco Europeo, según ha recordado el tribunal comunitario.
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