Hacienda aprueba los requisitos de programas informáticos de facturación para evitar sistemas fraudulentos

Los productores y comercializadores de los software tendrán hasta el 1 de julio de 2025 para adaptarse a los cambios

La vicepresidenta cuarta y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en una imagen de archivo. (EFE/ Zipi).
La vicepresidenta cuarta y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en una imagen de archivo. (EFE/ Zipi).
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El Gobierno ha aprobado este martes un reglamento por el que fija los requisitos mínimos que deben cumplir los programas informáticos de facturación y estandariza los formatos de los registros con el objetivo de combatir el fraude fiscal en las ventas. Este reglamento, recogido en un real decreto, desarrolla la prohibición del ‘software de supresión de ventas’ o ‘software de doble uso’ —que permite llevar una doble contabilidad para ocultar parte de las ventas— recogida en la ley de lucha contra el fraude, según ha explicado el Ministerio de Hacienda en un comunicado.

Las nuevas obligaciones recogidas en este reglamento, que no serán de aplicación hasta el 1 de julio de 2025, no se dirigen a empresarios y profesionales, sino a productores y comercializadores de programas informáticos de facturación. Hacienda incide especialmente en este punto instado a los afectados a ofertar a los empresarios sistemas informáticos de facturación adaptados a la norma. “Para la redacción del Real Decreto se ha consultado con los productores y desarrolladores de software, incluyendo parte de sus consideraciones”, asegura la cartera de María Jesús Montero.

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Hacienda defiende que su propuesta consiste en “una solución informática integral y segura que simplifique el cumplimiento” tributario, a través de un sistema de facturación seguro y fiable que no permita “alteraciones indebidas” de los registros. Así, los sistemas tendrán que generar y almacenar de forma segura los registros de facturación, incluyendo datos como el nombre, la identificación fiscal, el número de factura, la fecha, el tipo de factura expedida o el régimen de IVA.

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El Real Decreto se basa en una solución informática integral y segura que simplifique el cumplimiento. Para ello, los sistemas de facturación de ventas de bienes y servicios, que son la base de las declaraciones tributarias, deben realizar su tarea “de una forma segura y fiable, evitando alteraciones indebidas de los registros”.

Para evitar que los registros se puedan alterar con posterioridad, cada factura llevará un ‘hash’ encadenado o huella que la vincula a facturas anteriores, así como una firma electrónica. Estas obligaciones afectan a todas las facturas, incluyendo las simplificadas o “ticket”, salvo para los empresarios acogidos al suministro inmediato de información (SII) de IVA, que ya remiten información de cada operación a Hacienda, y otras excepciones.

Declaración responsable

Como refuerzo de la seguridad, los productores y comercializadores de los programas tendrán que certificar que cumplen con el reglamento a través de una declaración responsable y tendrán que tener los nuevos sistemas en el mercado nueve meses después de la aprobación de la orden ministerial que especifique los detalles técnicos.

Además de combatir el fraude, la nueva normativa pretende modernizar la dotación digital de pymes y autónomos y mejorar el cumplimiento tributario. En ese sentido, Hacienda recuerda que los usuarios pueden remitir sus registros de facturación a la Agencia Tributaria para que les lleve los libros registro de IVA y facilitar así la presentación de las declaraciones.

(Información elaborada por Efe)

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