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Promueven un proyecto de ley para que el fraude de un siniestro vial reciba hasta 6 años de prisión

Desde el sector estiman que el 47% de los siniestros denunciados en las compañías de seguro son compatibles con fraude. El autorobo o la sobrefacturación de reparaciones son los casos más usuales. Los detalles del proyecto de ley para que esas prácticas estén contempladas con penas efectivas en el Código Penal

Un proyecto de ley para modificar las penas sobre el fraude con siniestros viales, propone aplicar entre 4 y 6 años de prisión a quienes sean acusados de crear causas falsas

Por iniciativa del diputado nacional Cristian Ritondo (PRO), este jueves ingresó al Congreso de la Nación un proyecto de ley que busca resolver uno de los grandes problemas que tiene el sistema asegurador argentino: el fraude. Así como el incremento en el costo de los repuestos del automotor a causa de los altos índices de inflación generó durante los últimos años una variación constante el valor de las pólizas de seguro automotor, las falsas denuncias o los accidentes o robos simulados, todavía inciden fuertemente en que asegurar un auto sea tan costoso en Argentina.

“El autorobo de una rueda de un auto es uno de esos casos. El sobreprecio de un repuesto también. Aunque parezca increíble, el 47% de los siniestros que se denuncian a las compañías tienen características compatibles con un fraude. Para muchos es ‘una viveza criolla’, pero es un delito, y hay que modificar las penas para las defraudaciones en la industria del seguro para que nos proteja de eso. Y en esta época, lamentablemente, se han incrementado muchísimo, afectando el resultado de las empresas”, dijo Gabriel Bussola, presidente de Libra Seguros a Infobae.

El proyecto de ley que comenzará a tratarse en comisión en la Cámara de Diputados, cuenta con el acompañamiento de otros catorce legisladores y el apoyo del propio Bussola, quien colaboró en la confección del texto, en el que se propone modificar el Código Penal y sancionar con penas de entre cuatro y seis años a quienes cometan actos de fraude. Los otros diputados firmantes son Florencia de Sensi, Alejandro Bongiovanni, Verónica Razzini, María Sotolano, Karina Bachey, Alejandro Finocchiaro, Belén Avico, Sabrina Ajmechet, Sergio Capozzi, Martín Yeza, Martín Maquieyra, Gabriel Chumpitaz, Hernán Lombardi y Silvana Giudici.

Gabriel Bussola, Presidente de Libra Seguros, asegura que el 47% de los siniestros denunciados son compatibles con una situación de fraude

“Sufrirá prisión de cuatro a seis años: el que para procurarse a sí mismo o procurar a otro un provecho ilegal en perjuicio de un asegurador o de un dador de préstamo a la gruesa, incendiare o destruyere una cosa asegurada o una nave asegurada o cuya carga o flete estén asegurados o sobre la cual se haya efectuado un préstamo a la gruesa; o el que con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación, simulando siniestros o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño, cometiere fraude en perjuicio de un asegurador, reasegurador o de otro asegurado”, sería el nuevo inciso 1 del artículo 174 del Código Penal.

Ese artículo también incluye otros delitos penados con esos años, como hacer firmar documentos a menores de forma maliciosa, “al empresario o constructor de una obra cualquiera o el vendedor de materiales de construcción que cometiere, en la ejecución de la obra o en la entrega de los materiales, un acto fraudulento capaz de poner en peligro la seguridad de las personas, de los bienes o del Estado” y el que cometa fraude a la administración pública, entre otros casos.

Seguros

Hasta ahora, la ley sanciona con penas de hasta dos años en suspenso a quien sea declarado culpable del delito de fraude con seguros, una sanción excarcelable y que suele redimirse con una “probation”. Es habitual que las compañías de seguro lleven adelante sus propias investigaciones ante un presunto caso de fraude, muchos de los cuales terminan con el desistimiento por parte del reclamante cuando se establece que se trata de una maniobra ilegal. De sancionarse este proyecto de Ley, aún esos casos tendrán prisión que irá desde los 4 hasta los 6 años de cumplimiento efectivo.

Según cifras del sector asegurador, el 40% de los montos indemnizatorios que se pagan anualmente son en realidad injustificados, ya que corresponden a siniestros inexistentes o a indemnizaciones dolosamente abultadas. Sin embargo, en Argentina, ese porcentaje se eleva al 47%, y en casi la mitad de los casos las compañías terminan pagando más de lo que debido o directamente se hacen cargo de los casos de fraude.

Algunos casos de fraude ocurren en los talleres de chapa y pintura, donde se facturan trabajos que no se hicieron para aumentar el costo de reparación que debe cubrir el seguro

En los considerandos del proyecto de ley se mencionan distintos escenarios de fraude, como la escenificación de accidentes para efectuar reclamos por daños o lesiones con denuncias falsas ante la autoridad, y en las que se suelen incluir también falsos testigos. También suelen encontrarse casos de talleres de reparación que facturan servicios no prestados, centros asistenciales y profesionales de la salud que emiten documentos falsos invocando tratamientos innecesarios. En menor medida, pero igualmente irregular, hay casos en los que se contrata cobertura con más de un asegurador para luego reclamar pagos a distintas compañías de seguros por un siniestro.

“La disminución de casos de fraude hará que el sistema asegurador goce de mejor salud, las compañías ganen en solvencia y el asegurado pague menos por su póliza”, finalizó Bussola.

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