La AFIP recordó cómo obtener el 15% de reintegro en las compras con tarjeta de débito: beneficiarios, montos y plazo

El régimen de reintegro es válido para quienes cobra jubilación mínima, de pensión por fallecimiento o no contributiva y titulares de Asignaciones Universales por Hijo (AUH) o Embarazo (AUE) y tiene un tope mensual de 2.400 pesos. Hasta cuándo estará vigente y cómo acceder al beneficio

La medida tendrá vigencia hasta el 30 de junio de este año (EFE).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó esta semana que aún sigue vigente el beneficio que consiste en un reintegro del 15% del monto total de los consumos con tarjetas de débito que realicen los sectores considerados vulnerables.

Específicamente, el reintegro aplica para aquellas personas que cobran el haber mínimo de jubilación, de pensión por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, entre otros) o son titulares de Asignaciones Universales por Hijo (AUH) o Embarazo (AUE).

“Las compras con tarjeta de débito realizadas por personas jubiladas y pensionadas que perciben el haber mínimo acceden a un reintegro del 15%. También beneficia a titulares de AUH y AUE”, puntualizó el ente recaudador a través de su cuenta de Twitter.

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De acuerdo con la AFIP, la medida tendrá vigencia hasta el próximo 30 de junio y para acceder al reintegro es necesario utilizar la tarjeta de débito donde se cobra la jubilación o la asignación.

Compras alcanzadas

El régimen de reintegro, que es mensual y tiene un tope de $2.400, alcanza a las compras realizadas por las personas beneficiarias con tarjetas de débito en farmacias y en comercios dedicados a la venta minorista como a la venta mayorista que facturen a consumidores finales.

Asimismo, la AFIP señaló que se deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1) la tarjeta de débito debe estar asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o titular de asignaciones universales por hijo o embarazo.

El régimen de reintegro es mensual y tiene un tope de $2.400 (Foto: AFIP).

2) El comercio debe estar inscripto en la AFIP con alguno de los códigos de actividad.

3) El régimen también incluye a las transferencias mediante tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de pago electrónico inmediato como así también los pagos con tarjeta de débito realizados por medio de códigos de respuesta rápida (QR).

Monto máximo de reintegro y plazo para acreditarlo

La Administración Federal de Ingresos Públicos especificó que se reintegrará el 15% del importe total abonado, siempre que no supere los $ 1.200 por mes y por beneficiario. En tanto, en caso de percibir dos o más asignaciones, el reintegro no podrá superar los $2.400 por mes.

Cabe resaltar que el reintegro se efectuará de manera automática en la cuenta bancaria de quien percibe el beneficio. El mismo dependerá del horario en que se realizó la compra.

Para las compras que se realicen hasta las 17 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles una vez efectuada la operación; mientras que para las compras realizadas luego de las 17 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

Para ver si una persona es beneficiaria del reintegro, se puede consultar ingresando con el CUIL al siguiente link: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx.

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