La organización no gubernamental Cubalex registra 18 incidentes vinculados al uso de celdas de castigo y aislamiento en prisiones de Cuba durante octubre de 2026. Con esta cifra acumulada en 26 días, el décimo mes del calendario se posicionó como el tercero con mayor cantidad de eventos de esta índole en el año, únicamente por detrás de julio, que sumó 26 casos, y de abril, cuando se contabilizaron 23 situaciones represivas similares en los centros de detención del país caribeño.
El recuento sitúa en el centro de la denuncia el caso del líder opositor Félix Navarro Rodríguez, de 73 años, quien permanece en régimen de encierro solitario en la prisión de Agüica, ubicada en la provincia de Matanzas. Su esposa, Sonia Álvarez, denunció tras una visita que el opositor permaneció 66 días solo dentro de una celda situada en el área médica del recinto penitenciario de Matanzas.
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Álvarez explicó que la permanencia de su cónyuge en la enfermería no obedece a un tratamiento clínico especializado ni a la recepción de cuidados terapéuticos que justifiquen el encierro individual.
A lo largo del presente año, el monitoreo continuo de la organización defensora de derechos humanos identificó a 95 personas sometidas a celdas de castigo o separación forzada en los penales de la isla. Durante el primer semestre de 2026 se documentaron 85 hechos de esta naturaleza entre enero y junio, lo cual demostró la continuidad de estos procedimientos disciplinarios contra los internos.
Dentro del grupo de víctimas sobresalen varios presos políticos que concentran múltiples registros por la misma sanción. Los expedientes de seguimiento señalan a:
- Danisbel Labrada Morales con nueve eventos
- Fausto René Ramos Ramírez, nueve registros
- Ediolvis Marín Mora, con siete medidas disciplinarias
- Virgilio Mantilla Arango y Pedro Carlos Camacho Ochoa, con seis cada uno
- Aliesky Calderín Acosta y Alexander Fábregas Milanés, con cinco registros individuales
- Carlos Alain Abrahantes Valdés, con cuatro incidentes. La reiteración de estos castigos expone a los reclusos a efectos acumulativos sobre su integridad física y psicológica.
Los estándares de Naciones Unidas prohíben los confinamientos que superen 15 días
Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como Reglas Nelson Mandela, fijan parámetros estrictos sobre el encierro punitivo.
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La regla 44 describe el aislamiento como la permanencia forzada durante 22 horas diarias o más sin contacto interpersonal apreciable, y establece que cualquier período que sobrepase 15 días consecutivos califica como aislamiento prolongado.
Asimismo, la regla 43 prohíbe de forma tajante el aislamiento indefinido o prolongado en calidad de castigo disciplinario, mientras que la regla 45 determina que estas medidas solo caben ante escenarios de extrema excepcionalidad y bajo supervisión independiente.
La normativa internacional prohíbe además la imposición de este régimen a reclusos cuya salud física o mental pueda empeorar a causa de la reclusión en solitario, condición que ampara el cuadro médico diagnosticado a Félix Navarro Rodríguez.
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El confinamiento en solitario sumado a la negligencia hospitalaria conforma un cuadro lesivo que amplifica el deterioro físico de las personas privadas de libertad. La falta de acceso a fármacos y a chequeos médicos continuos agudiza patologías previas y obstaculiza la detección temprana de cuadros clínicos agudos, una obligación estatal que no depende de la voluntad de las autoridades de los penales ni admite condicionamientos ideológicos.
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