El Concejo Municipal de San José en Costa Rica ratificó la suspensión por 15 días sin goce de salario para el alcalde Diego Miranda, medida adoptada tras una polémica gestión en el proceso de adquisición de vehículos eléctricos que desencadenó cuestionamientos legales y un intenso debate sobre las competencias de las autoridades locales.
La decisión fue respaldada por nueve votos a favor y dos en contra durante la sesión ordinaria del 3 de marzo de 2026, según consta en el acta aprobada por la mayoría de los regidores de San José.
El núcleo del conflicto: la licitación de vehículos eléctricos y la intervención de Miranda
El origen de la sanción se remonta a enero de 2024, cuando el Concejo Municipal aprobó una licitación para adquirir 16 vehículos eléctricos destinados a la flota del municipio. El contrato, valorado en $830,000 (aproximadamente ¢427,4 millones), fue adjudicado a la empresa Cori Motors. Sin embargo, un informe de auditoría reveló que Diego Miranda solicitó a la Proveeduría Institucional declarar desierto el proceso, lo que detuvo la operación.
Los regidores consideraron que Miranda incurrió en gestión indebida al frenar la compra. El sustento normativo de la sanción incluyó el señalamiento de presuntas faltas a las regulaciones de control interno y a la función pública, conforme explicaron asesores legales del Concejo en la sesión.
Durante el proceso se discutieron discrepancias en torno a las atribuciones legales del Concejo Municipal para sancionar al alcalde. El acuerdo menciona los artículos 17, inciso d), 162 y 167 del Código Municipal, junto a las disposiciones reglamentarias internas, como base para la medida, descartando la relación con contrataciones administrativas convencionales.
Argumentos del alcalde Miranda
Diego Miranda y sus asesores rechazan la decisión del Concejo. Explicó durante la sesión del 24 de febrero de 2026 que la sanción estaba “fundamentada en hechos ilegales” y sostuvo que “los regidores se están atribuyendo decisiones que no les corresponden y cometiendo posibles delitos”. Añadió que “no están escuchando la voz de la población que está apoyando las decisiones que tomé”.
Miranda defendió su actuar en la licitación y afirmó que la propuesta contemplaba vehículos de alto valor. “Eran más de dieciséis carros, todos carros de lujo. Costaba más de veintiocho millones cada carro. Yo creo que también los regidores se han equivocado en eso, sobre todo porque nunca existieron criterios técnicos sobre la necesidad de la compra de esos carros”, declaró el alcalde.
Aseguró que la prioridad debía estar en obras comunitarias: “¿qué es más importante, que las personas tengan nuevas aceras o nuevos parques en sus comunidades o comprar carros para unos cuantos jefes que quieren andar cómodos? Bueno, yo tomé una decisión que considero que es correcta y nos vamos a mantener en ella. Y como he dicho, así me suspendieran , yo feliz de que me suspendan con esto porque sé que estoy representando al pueblo bien”.
Durante el debate, Miranda recordó que en 2023, la Proveeduría Institucional emitió advertencias sobre el procedimiento, lo que habría motivado su decisión de solicitar la anulación de la licitación.
Controversia sobre competencias: posición de asociaciones
La Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) manifestó su preocupación tras la sanción al alcalde de San José. Para la ANAI, la legislación nacional no faculta expresamente a los Concejos Municipales para instruir procedimientos administrativos sancionatorios y señaló que “entre la Alcaldía y el Concejo Municipal no existe una relación de subordinación jerárquica”.
El comunicado de la asociación sostiene que si se presenta una vulneración al deber de probidad, el Concejo “debe limitarse a recopilar la información correspondiente y trasladarla a la Contraloría General de la República, órgano competente para valorar los hechos y, de ser procedente, instruir el procedimiento administrativo respectivo”.
En su argumentación, la ANAI citó el voto 005445-99 de la Sala Constitucional, que estableció que Concejo y Alcaldía forman una dualidad dentro del gobierno local, “donde no hay relación de subordinación sino que debe existir una coordinación entre ambos, ello por cuanto ninguno es el superior del otro”.