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JEP aclara que nunca avaló supuesto ‘buen trato’ a secuestrados de las Farc y recuerda graves violaciones

La jurisdicción respondió a la polémica por una audiencia de 2019 y señaló que, aunque existía una directriz interna, esta no se cumplió en la práctica

La jurisdicción respondió a la polémica por una audiencia de 2019 y señaló que, aunque existía una directriz interna, esta no se cumplió en la práctica. REUTERS/Luisa Gonzalez

La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, aclaró que nunca avaló la tesis de que los secuestrados de las antiguas Farc recibieron un “buen trato” durante su cautiverio y recordó que sus investigaciones documentaron graves violaciones de derechos humanos y crímenes cometidos contra las víctimas.

El pronunciamiento se produjo después de la difusión de fragmentos de una audiencia reservada realizada en 2019, en la que Rodrigo Londoño, antes conocido como Timochenko, habló sobre las condiciones en las que permanecían las personas secuestradas por esa organización.

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De acuerdo con Blu Radio, los apartes de la diligencia fueron revelados por la senadora María Clara Posada, del Centro Democrático, durante la discusión en el Congreso sobre el presupuesto destinado a la justicia transicional.

En uno de los fragmentos conocidos, Londoño sostuvo que dentro de las Farc existían instrucciones para garantizar alimentación y buen trato a los cautivos y que no se permitía torturarlos.

La JEP respondió que sus decisiones no respaldan esa versión como una descripción de lo que ocurrió efectivamente con las víctimas.

- crédito YouTube/Jurisdicción Especial para la Paz

Directriz existía, pero no se cumplió, según la JEP

La jurisdicción explicó que dentro de las investigaciones del Caso 01, relacionado con la toma de rehenes, las graves privaciones de la libertad y otros crímenes cometidos por las Farc, sí encontró evidencia de una norma interna que hacía referencia al “buen trato” de las personas cautivas.

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Sin embargo, aclaró que esa orientación no se cumplió en la práctica.

Según las conclusiones de la JEP, los secuestrados quedaron sometidos a una amplia discrecionalidad por parte de quienes tenían a su cargo la vigilancia y custodia, situación que derivó en diferentes formas de violencia y graves vulneraciones de sus derechos.

La jurisdicción ha establecido responsabilidades por conductas relacionadas con tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, homicidio, desaparición forzada, desplazamiento forzado y violencia sexual.

La JEP también recordó que sus conclusiones no se construyeron únicamente a partir de las declaraciones de antiguos comandantes de las Farc.

El análisis incluyó pruebas documentales, testimonios de víctimas y otros elementos recopilados a lo largo de la investigación del Caso 01.

Bogotá. 28 de enero de 2021. Logo JEP. (Colprensa - Álvaro Tavera)

JEP imputó a 63 exintegrantes de las Farc

Dentro de este proceso, la jurisdicción imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 63 exintegrantes de las Farc por hechos relacionados con toma de rehenes y graves privaciones de la libertad.

Entre las personas señaladas están los siete integrantes del antiguo Secretariado, incluido Rodrigo Londoño.

La JEP recordó además que una de sus decisiones concluyó que los antiguos miembros de esa dirección no impartieron instrucciones suficientemente claras y específicas para asegurar condiciones dignas de reclusión.

Según el tribunal, más allá de una consigna general orientada a preservar la vida de los secuestrados, quienes estaban encargados directamente de ellos contaban con un amplio margen de decisión sobre las condiciones del cautiverio.

Por esa razón, la jurisdicción insistió en que la existencia de una directriz interna sobre buen trato no puede interpretarse como prueba de que los secuestrados hubieran recibido efectivamente ese trato.

La aclaración responde a la controversia generada por la publicación de la audiencia de 2019 y busca precisar el alcance de lo dicho entonces frente a las conclusiones que posteriormente adoptó el tribunal tras avanzar en sus investigaciones.

La JEP sostuvo que el resultado judicial del Caso 01 recoge un conjunto más amplio de elementos probatorios y que, a partir de ellos, documentó graves conductas cometidas contra las personas privadas de la libertad.

El tribunal reiteró así que la referencia a una norma interna de las Farc no equivale a un reconocimiento judicial de buenas condiciones de cautiverio ni contradice las responsabilidades establecidas por los crímenes investigados.

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