Una pensión ya reconocida puede ser objeto de revisión cuando existen dudas sobre la información utilizada para calcularla. La verificación de la historia laboral, las semanas cotizadas y el ingreso base de liquidación puede determinar si procede una reliquidación pensional o el pago de diferencias acumuladas.
“Es importante que cada pensionado sepa que tiene la posibilidad de revisar si su pensión fue correctamente liquidada. No se trata de pedir un favor, sino de verificar si se está reconociendo un derecho. Cada caso debe estudiarse de manera particular”, explicó Marcelo Duque, director de Cómo Me Pensiono y experto en temas pensionales, citado en un comunicado oficial.
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La revisión es relevante, sobre todo, para afiliados de Colpensiones que adviertan periodos de cotización ausentes, semanas no incorporadas al cálculo o posibles errores en la aplicación del porcentaje de la mesada.
Las semanas cotizadas y la historia laboral son puntos centrales de la revisión
El número de semanas reconocidas al momento de otorgar la pensión es uno de los datos que debe examinarse. Aquellos que registran una trayectoria extensa de aportes pueden comprobar si todos esos periodos fueron incluidos y si la tasa aplicada corresponde a sus condiciones particulares.
“Hay personas que cotizaron durante gran parte de su vida laboral y no saben si todas esas semanas fueron tenidas en cuenta. En algunos casos hemos logrado, mediante procesos jurídicos, que se reconozca una mesada superior y el pago de las diferencias acumuladas”, señaló Duque.
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Según la plataforma Cómo Me Pensiono, la revisión jurídica de casos particulares ha permitido corregir liquidaciones y aumentar algunas mesadas. En una de esas situaciones, un pensionado obtuvo un incremento aproximado de $2 millones mensuales y el reconocimiento de un retroactivo cercano a $120 millones.
Estos resultados no implican que todos los pensionados puedan acceder a un ajuste, debido a que cada solicitud depende de la información registrada, la liquidación inicial y las circunstancias concretas del afiliado.
Cinco claves para saber si la pensión puede ser revisada
Para determinar si existe una posibilidad de revisión, Marcelo Duque recomienda verificar cinco aspectos:
- Número total de semanas: revisar cuántas semanas estaban acreditadas al momento del reconocimiento de la pensión y si todas fueron consideradas.
- Historia laboral: comprobar que estén registrados todos los periodos trabajados y cotizados, especialmente en casos de personas que estuvieron en un fondo privado y posteriormente pasaron a Colpensiones.
- Días y periodos cotizados: verificar que los tiempos laborados hayan sido contabilizados correctamente y que no existan inconsistencias.
- Porcentaje aplicado: revisar la tasa utilizada para calcular la mesada y si corresponde a las semanas y condiciones particulares del afiliado.
- Promedio de cotización: comprobar cuál fue el ingreso base utilizado para la liquidación y si el cálculo se realizó correctamente conforme a las condiciones del pensionado.
El ajuste de la mesada y el pago retroactivo tienen reglas distintas
El paso del tiempo desde el reconocimiento de la prestación no necesariamente impide que una persona solicite la revisión de su pensión. Haber recibido la mesada durante dos, tres o más años no elimina por sí mismo la posibilidad de analizar si existió un error en la liquidación.
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Sin embargo, el eventual ajuste de la pensión debe diferenciarse del reconocimiento de valores retroactivos. Estos pagos pueden estar sujetos a normas de prescripción, por lo que el análisis debe considerar las fechas, los periodos reclamados y las particularidades de cada expediente.
“No todos los casos permiten un aumento, pero cada situación merece ser estudiada para determinar si existen derechos que puedan ser reclamados”, concluyó Duque.
En ese orden de ideas, es necesario tener clara la historia laboral, cuántos años se trabajó y para qué empresas, además de las modalidades y condiciones que se tuvieron en cada empresa.
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