Las personas naturales cuyo NIT termine entre 77 y 00 tienen vencimientos para presentar la declaración de renta entre el 8 y el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con el calendario informado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). La entidad indicó que, hasta la fecha, 5.900.060 personas ya han presentado su declaración.
La obligación no depende únicamente del nivel de ingresos. También deben revisar su situación quienes fueron responsables del IVA al 31 de diciembre de 2025, tuvieron un patrimonio elevado, realizaron compras importantes, usaron tarjetas de crédito o registraron movimientos bancarios que superen los topes fijados para el año gravable 2025.
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Los topes que obligan a declarar renta por 2025
Una persona natural debe presentar la declaración si cumple al menos una de las siguientes condiciones:
- Fue responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025. Su patrimonio bruto superó 4.500 UVT, equivalentes a $224.096.000, al cierre de 2025.
- Sus ingresos brutos durante 2025 fueron iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
- Los consumos realizados con tarjetas de crédito excedieron $69.719.000.
- El total de compras y consumos superó ese mismo valor.
- El total acumulado de consignaciones, depósitos o inversiones financieras fue superior a $69.719.000.
Para estos cálculos, la UVT aplicable al año gravable 2025 es de $49.799. Los topes son independientes entre sí: cumplir uno solo puede generar la obligación de declarar.
Declarar no significa necesariamente tener un saldo a pagar. El resultado depende de los ingresos, costos, deducciones, rentas exentas, retenciones y demás información tributaria de cada contribuyente.
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Estas son las fechas límite según los últimos dígitos del NIT
Los vencimientos de octubre se organizan según los dos últimos dígitos del NIT que figuran en el Registro Único Tributario (RUT), sin considerar el dígito de verificación:
- 77 y 78 - 8 de octubre
- 79 y 80 - 9 de octubre
- 81 y 82 - 13 de octubre
- 83 y 84 - 14 de octubre
- 85 y 86 - 15 de octubre
- 87 y 88 - 16 de octubre
- 89 y 90 - 19 de octubre
- 91 y 92 - 20 de octubre
- 93 y 94 - 21 de octubre
- 95 y 96 - 22 de octubre
- 97 y 98 - 23 de octubre
- 99 y 00 - 26 de octubre
La Dian recomendó no dejar el trámite para el último día, especialmente a quienes deben completar la información o resolver dudas sobre los datos reportados por terceros.
Recomendaciones para presentar la declaración en el portal de la Dian
La entidad informó que implementó ajustes tecnológicos en su plataforma transaccional y dio varias recomendaciones para reducir fallos durante el proceso. Antes de ingresar, conviene borrar la caché y las cookies del navegador, ya que los datos almacenados pueden generar inconvenientes.
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Si persisten los problemas de acceso, la Dian sugiere utilizar el modo incógnito del navegador. En equipos con Windows, esta función puede activarse con la combinación de teclas Ctrl + Shift + N en navegadores compatibles.
También es importante mantener una sola sesión activa en un único navegador. Abrir varias pestañas o ingresar al portal desde diferentes navegadores al mismo tiempo puede afectar el proceso. Si se requiere cambiar de navegador, primero se debe cerrar correctamente la sesión anterior.
La plataforma tiene un límite de seguridad de 60 minutos por sesión. Por eso, es recomendable reunir previamente documentos, certificados y soportes antes de empezar a diligenciar el formulario. La Dian indicó además que el orden sugerido para descargar la información es consultar primero la información exógena y después el reporte de compras con factura electrónica.
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Quienes enfrenten un error técnico que impida continuar pueden presentar una solicitud mediante el sistema pqrsd de la Dian. Para facilitar la atención, deben adjuntar una captura de pantalla que muestre la fecha, la hora y el paso exacto en el que se produjo el inconveniente.
Hay plazos especiales propuestos para zonas afectadas por el terremoto
El Gobierno nacional publicó para comentarios un proyecto de decreto con plazos especiales para declarar y pagar renta en zonas afectadas por el sismo del 10 de agosto de 2026. La medida propuesta cobijaría a contribuyentes con domicilio fiscal, a esa fecha, en municipios adscritos a seccionales de la DIAN en Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Chocó y Cauca.
Según el proyecto, los contribuyentes con NIT terminados entre 01 y 26 tendrían vencimientos entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre. La iniciativa también contempla a las personas que deban inscribirse por primera vez en el RUT y tengan domicilio en los municipios incluidos.
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Al tratarse de un proyecto publicado para comentarios, los contribuyentes deben verificar la expedición definitiva de la norma antes de aplicar ese calendario.
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