Declarar renta en Colombia será una obligación para cerca de 7 millones de personas naturales en 2026, según el comunicado de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
En la declaración, que corresponde al año gravable 2025, los vencimientos irán del 12 de agosto al 26 de octubre según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) y la entidad calcula un recaudo cercano a $6,1 billones.
“La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estima que 7 millones de personas naturales deben presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, correspondiente al año gravable 2025, tributo para el cual la administración tributaria estima un recaudo cercano a los $6,1 billones”, se lee en comunicado.
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La Dian informó que ese calendario fija la fecha límite para cumplir con la obligación tributaria. También recomendó no esperar hasta el último día para evitar contratiempos que puedan derivar en multas o sanciones.
La obligación corresponde a la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2025. Según el comunicado de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el cronograma aplica a personas naturales y se organiza según la terminación del NIT.
Quiénes deben presentar la declaración de renta
Deben declarar quienes hayan sido responsables del impuesto sobre las ventas (IVA) al 31 de diciembre de 2025. También quienes a esa fecha tuvieran un patrimonio bruto superior a 4.500 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $224.096.000.
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La misma obligación cobija a quienes en 2025 registraron ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT. Ese umbral corresponde a $69.719.000.
Ese tope de 1.400 UVT también aplica a los consumos con tarjeta de crédito durante 2025. La regla se extiende al valor total de compras y consumos del mismo año, siempre que haya superado $69.719.000.
Además, deben presentar la declaración quienes hayan acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por encima de 1.400 UVT en 2025. El comunicado de la Dian incluye ese criterio entre las condiciones para determinar la obligación.
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Herramientas que ofrece la Dian para hacer la declaración
Para facilitar el trámite, la entidad habilitó el programa Ayuda renta. Esa herramienta permite elaborar un borrador de la declaración.
La administración tributaria indicó que la información exógena estará disponible en las próximas semanas. Ese insumo hace parte del conjunto de apoyos dispuesto para cumplir esta obligación.
La Dian también puso a disposición un micrositio con videos, tutoriales, instructivos y la programación de capacitaciones en todo el territorio nacional. Ese espacio reúne materiales de orientación para las personas contribuyentes.
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Además, la entidad inició el 17 de junio un ciclo de 10 transmisiones en vivo en YouTube, Facebook, LinkedIn, Instagram y TikTok. Las sesiones seguirán hasta agosto y se emitirán los miércoles a las 15:00, orientadas por expertos en temas tributarios.
Según el comunicado de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, seguir los canales digitales y el canal de YouTube de la entidad permite acceder a esas jornadas de orientación. La recomendación oficial es adelantar el proceso antes del cierre del plazo para reducir el riesgo de sanciones.
“Las sesiones en vivo son orientadas por expertos en temas tributarios. Para conectarse a ellas, la DIAN invita a la ciudadanía a seguir las redes sociales de la entidad y a suscribirse a su canal de YouTube”, aseveró la entidad en su comunicado.
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La declaración de renta en Colombia es un documento que presentan personas naturales y jurídicas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para informar sus ingresos, patrimonio, deducciones, rentas exentas y retenciones correspondientes al año gravable anterior. Este trámite permite determinar el impuesto sobre la renta que debe pagarse, según la capacidad económica del contribuyente.
No todas las personas están obligadas a declarar; existen topes de ingresos, patrimonio y otras condiciones establecidas por la ley. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones y multas impuestas por la autoridad tributaria colombiana.