Daniel Quintero podría participar en la consulta de la izquierda el 8 de marzo: esta sería la decisión del CNE

Con una votación de siete a uno, el Consejo Nacional Electoral permitió que el exalcalde de Medellín compita en la consulta, tras varios días de expectativa y debates políticos

Daniel Quintero recibe luz verde del Consejo Nacional Electoral para disputar la candidatura presidencial - crédito @quinterocalle/Instagram

El Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó la participación de Daniel Quintero como candidato presidencial en la consulta programada para el 8 de marzo de 2026.

Según confirmaron fuentes del organismo a Noticias RCN, la decisión fue tomada por la sala plena con una votación de siete a favor y uno en contra.

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La determinación permite a Quintero inscribirse oficialmente y competir en el proceso interno, tras varios días de expectativa sobre el aval.

El exalcalde de Medellín había solicitado su inclusión como aspirante, lo que generó debate en distintos sectores políticos y jurídicos. El respaldo mayoritario dentro del CNE despeja el camino para que Quintero dispute la nominación presidencial en la consulta.

CNE afirmó que los casos de Iván Cepeda y Daniel Quintero eran diferentes - crédito CNE / Colprensa / Europa Press

Los magistrados del Consejo Nacional Electoral aprobaron la ponencia que diferenciaba el caso de Daniel Quintero del de Iván Cepeda. El documento, elaborado por tres de ellos, señalaba que Quintero renunció a la consulta anterior tras el cambio en las reglas luego de su inscripción.

La ponencia también indicó que los candidatos para la contienda de octubre de 2025 se inscribieron por el Pacto Histórico, pero decisiones judiciales posteriores convirtieron esa consulta en un proceso de tres partidos: Polo Democrático, Unión Patriótica y Partido Comunista, alterando el panorama inicial de la colectividad.

Esto dice la ponencia sobre el caso de Daniel Quintero

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó una ponencia clave sobre la candidatura de Daniel Quintero, cuyo eje argumental se centró en la falta de firmeza de su inscripción y en los límites legales de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El documento, avalado por el triunvirato de magistrados, sostuvo que la Registraduría habría excedido sus competencias, aludiendo al tribunal electoral como autoridad superior.

Tribunal electoral reconoce extralimitación de la Registraduría en inscripción presidencial de Quintero - crédito Daniel Quintero/Facebook

“La Registraduría Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus funciones administrativas, tiene a su cargo la verificación del cumplimiento de los requisitos formales de las inscripciones de candidaturas”, expone la ponencia.

El texto aclara que esta función debe ejercerse “de manera restrictiva y únicamente cuando se encuentren plenamente acreditados los supuestos fácticos expresamente consagrados por el legislador para el rechazo de una inscripción”.

El documento advierte que cualquier ampliación de la competencia hacia “valoraciones sustantivas o anticipadas sobre eventuales causales de improcedencia o revocatoria desborda el marco legal aplicable”.

Según los magistrados, trasladar consecuencias jurídicas complejas a los ciudadanos sin justificación vulnera los derechos de quienes aspiran a cargos públicos.

La ponencia contradice una posición previa del propio CNE, adoptada en noviembre, cuando el tribunal consideró que la última palabra sobre la inscripción de Quintero correspondía a la Registraduría.

En esa ocasión, el tribunal expresó: “El asunto materia de consulta es competencia del registrador nacional del estado civil o el registrador delegado en lo electoral”.

CNE respalda ponencia que limita competencias de la Registraduría en el caso de Daniel Quintero - crédito Daniel Quintero/Facebook

En el análisis, los magistrados también señalaron que la inscripción de Quintero se vio afectada por la transformación jurídica de la consulta presidencial del Pacto Histórico. Inicialmente, una medida cautelar permitió la personería al nuevo partido de izquierda.

Al ser revocada, la consulta de octubre pasó a considerarse interpartidista, involucrando a Polo Democrático, Unión Patriótica y Partido Comunista.

Una vez quedó sin efectos la medida cautelar que había permitido la inscripción del Pacto Histórico, la Registraduría Nacional del Estado Civil adoptó decisiones institucionales que derivaron en que a la consulta celebrada el 26 de octubre de 2025 se le atribuyera un alcance propio de una consulta interpartidista”, sostiene la ponencia.

El texto subraya que Daniel Quintero nunca autorizó su inscripción por ninguno de los partidos que heredaron la personería tras la revocatoria.

“Quintero manifestó de manera expresa, oportuna y escrita su falta de consentimiento y aceptación respecto de cualquier inscripción o postulación que no se realizara en su condición de integrante del Movimiento Político Pacto Histórico”, concluye el documento.

Con este aval, Quintero podrá iniciar campaña y presentar sus propuestas en igualdad de condiciones respecto a los demás aspirantes. La consulta está prevista para realizarse el próximo 8 de marzo.

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