Gremios de vigilancia privada afirmaron que tarifa del servicio está ligada al salario mínimo: “No se ajusta al IPC”

Los gremios de vigilancia y seguridad privada en Colombia aclararon que la tarifa mínima del servicio se establece con base en el salario mínimo

Representantes del sector de la vigilancia y seguridad privada respondieron a un comunicado oficial reiterando que las tarifas del servicio están reguladas por ley y dependen del salario mínimo, no de la inflación - crédito iStock/Leonardo Muñoz/EFE

La afirmación sobre la posibilidad de que las tarifas de vigilancia y seguridad privada puedan fijarse con base en el IPC generó una reacción inmediata de los gremios del sector, que reiteraron que el monto mínimo del servicio está regulado y vinculado al salario mínimo, no a la inflación.

Los gremios de vigilancia y seguridad privada en Colombia respondieron a un comunicado oficial que sugería a las asambleas de copropietarios tomar el índice de precios al consumidor (IPC) como referencia para renegociar contratos de vigilancia y rechazar incrementos atados al salario mínimo. Las asociaciones del sector señalaron que esta propuesta desconoce la normativa vigente.

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Según los gremios, la legislación establece que la tarifa del servicio de vigilancia y seguridad privada no es libre, sino que está regulada por el Estado.

El marco legal relevante incluye el Decreto Ley 356 de 1994, el Decreto 73 de 2002, el Decreto 4950 de 2007, el Decreto 1561 de 2022 y la Resolución 20251000059517CS de 2025. Todas estas normas fijan que las tarifas deben expresarse en salarios mínimos mensuales legales vigentes (Smmlv), por lo que los ajustes dependen directamente del salario mínimo.

Gremios - crédito X

El sector explicó que este sistema tarifario fue diseñado para garantizar la cobertura de todos los costos exigidos por la ley. Entre ellos se encuentran el salario base, los recargos, el pago de dominicales y festivos, las prestaciones sociales, los uniformes, la supervisión y otros costos operativos relacionados con la prestación del servicio.

“Pretender indexar la tarifa al IPC desconoce el marco legal y empuja a la precarización laboral”, señalaron desde las organizaciones empresariales.

En el comunicado conjunto, los gremios negaron que existan márgenes excesivos de ganancia en el servicio. Aproximadamente el 85 % de la tarifa corresponde a costos laborales y el margen de utilidad promedio se ubica cerca del 4 %.

El sector emplea formalmente a cerca de 400.000 personas en el país. La afirmación de que “cada dueño de empresa de seguridad privada gana el doble por cada vigilante” fue calificada como una generalización sin sustento técnico y capaz de inducir a error a la ciudadanía.

La postura gremial remarcó que la tarifa oficial busca impedir que las empresas recorten derechos laborales o degraden la operación.

“Esta tarifa no tiene un margen libre ni discrecional: es una tarifa mínima obligatoria, definida oficialmente por la Superintendencia, que depende del Ministerio de Defensa; para asegurar legalidad, formalidad y sostenibilidad del servicio”, indica el comunicado.

La postura gremial remarcó que la tarifa oficial busca impedir que las empresas recorten derechos laborales o degraden la operación - crédito Shutterstock

El artículo 92 del Decreto Ley 356 de 1994 exige que el precio de la vigilancia permita cubrir, como mínimo, los gastos de salarios, horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos, auxilio de transporte, prestaciones sociales, dotación, supervisión y los costos operativos inherentes al servicio. Sostener que la vigilancia debe ajustarse por inflación (IPC) y no por salario mínimo fue considerado jurídicamente incorrecto por los gremios.

Las organizaciones que suscribieron el pronunciamiento incluyen a Ases, Asocec, la Cámara Colombiana de la Seguridad Privada, Andevip, Fecolsep y Fedeseguridad, entre otras. Todas coincidieron en que la discusión sobre el costo de la seguridad debe apoyarse en criterios técnicos y respetar la normativa vigente. “El debate sobre el costo de la seguridad debe darse con rigor técnico, respeto al marco legal y compromiso con el empleo formal”, concluye el texto gremial.

Por su parte, el presidente Gustavo Petro reaccionó en la red social X señalando que “la orden de la constitución es un mercado en competencia. La regulación estatal no es para indexar ganancias al salario vital”.

Petro agregó que las cuotas de administración son establecidas por la asamblea de propietarios y que la administración de edificios y conjuntos debe presentar diversas propuestas de compañías de seguridad, además de sugerir que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) investigue posibles cartelizaciones.

Gustavo Petro indicó que las cuotas de administración son establecidas por la asamblea de propietarios y que la administración de edificios y conjuntos debe presentar diversas propuestas de compañías de seguridad- crédito X

El mandatario también se refirió a la necesidad de revisar las normas que, según él, permiten indexar ganancias al salario mínimo.

“Las normas de Duque indexando ganancias deben cambiar. La norma constitucional es la libre competencia y la regulación y control del estado si se rompe, o es imposible por razones naturales”, indicó Petro.

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