Sigue la polémica en el país por la decisión del Gobierno nacional de modificar el mecanismo que regula el ajuste de las pensiones en el sistema privado de pensiones por incremento del salario mínimo, asignando mayores responsabilidades financieras a las aseguradoras.
Y es que el nuevo decreto implica que el Estado ya no asumirá completamente el denominado “componente político” en el aumento del salario mínimo, lo que exige más capital a quienes buscan adquirir una renta vitalicia y encarecerá los seguros previsionales. Este cambio afecta a afiliados, aseguradoras y la sostenibilidad fiscal del sistema privado de pensiones.
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Hasta la expedición del Decreto 1485 del 31 de diciembre de 2025, el esquema de cobertura del deslizamiento del salario mínimo consistía en que el Estado absorbía las diferencias derivadas del componente político de los aumentos anuales. Este componente, que responde a decisiones negociadas o unilaterales y no únicamente a la inflación o productividad, elevó en 2025 el salario mínimo en un 23%.
El mecanismo vigente ofrecía previsibilidad al sector: cuando el salario mínimo se incrementaba más allá de las variables técnicas, era el Estado quien asumía el costo extra. Esto permitía a aseguradoras y fondos privados calcular las reservas técnicas y el monto de la cotización con mayor certeza, dando estabilidad a las mesadas de vejez, invalidez y sobrevivencia frente a aumentos inesperados.
Con la nueva normativa, según datos analizados por El Espectador, las aseguradoras deberán cubrir la inflación más el valor mayor entre el promedio de la productividad de los últimos diez años y el 35% del promedio de la inflación en ese mismo periodo. Así, el Estado reduce el monto de sus transferencias y traslada una mayor proporción del riesgo financiero al sector privado y, en última instancia, a los afiliados.
El Ministerio de Hacienda argumentó que el cambio busca proteger la sostenibilidad fiscal y adecuar el mecanismo al contexto presupuestal del país. Indicó que la ley original permitía la creación de un mecanismo para mitigar el riesgo de incrementos impredecibles, pero no obligaba al Estado a cubrirlo en su totalidad ni de manera indefinida.
El ajuste impacta directamente la modalidad de renta vitalicia, considerada por expertos como la opción ideal si se cuenta con el capital suficiente. Hasta 2025, un hombre afiliado requería aproximadamente 389 millones de pesos para obtener una renta vitalicia de salario mínimo; una mujer, 416 millones, debido a factores de longevidad y edad de pensión. Con el aumento del 23% en el salario mínimo, para 2026, esos valores subirán a 470 millones (hombres) y 504 millones (mujeres).
Sin embargo, bajo los nuevos parámetros, el capital necesario aumentará considerablemente: un hombre deberá disponer de unos 537 millones, y una mujer, de 581 millones. Esto representa incrementos de 148 millones y 165 millones respectivamente, solo para acceder a la pensión mínima bajo esta modalidad, según información divulgada por El Espectador.
El endurecimiento en los requisitos afecta especialmente a quienes aspiraban a pensionarse por capital sin alcanzar las semanas mínimas requeridas (1.150 en los fondos privados). Por ejemplo, casos de mujeres con suficiente ahorro, pero sin el historial suficiente de cotización, pierden ahora la posibilidad de obtener una renta vitalicia, como advirtió Andrés Velasco, presidente de Asofondos.
La mayor exigencia incrementa también la presión sobre el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, que cubre las pensiones de quienes cumplen los requisitos de edad y semanas pero no logran el capital necesario.
Este fondo, financiado con un aporte del 1,5% de cada cotización, tiene estimaciones de agotamiento entre 2030 y 2065, según fuentes del sector consultadas por el medio. El aumento de las mesadas y la probable expansión de beneficiarios podrían acelerar el riesgo de desfinanciamiento, trasladando la carga al Estado y generando posibles aumentos de impuestos para cubrir ese pasivo.
El otro gran efecto del decreto recae sobre los seguros previsionales, esenciales para garantizar las pensiones de invalidez y sobrevivencia. Al reducirse el respaldo estatal, las aseguradoras se ven obligadas a incrementar el precio de las pólizas, lo cual plantea un desafío para la viabilidad de los seguros previsionales.
Según Gustavo Morales Covo, presidente de Fasecolda, cumplir con los nuevos requerimientos exigiría hasta el 3,4% de la cotización mensual de los afiliados, mientras la ley solo permite destinar hasta el 3% a seguros y comisiones de las AFP. Si las administradoras no logran costear las pólizas bajo estas condiciones, no habría seguro y la obligación recaería sobre el Estado.
El gremio de aseguradoras alerta además sobre nuevos riesgos operativos, ya que el decreto exige conformar inmediatamente las reservas técnicas, mientras que los desembolsos estatales se realizarán de forma mensual. Esta situación, sumada a la incertidumbre normativa, podría desincentivar la participación de las empresas en próximas licitaciones de seguros previsionales y la oferta de rentas vitalicias.
Tanto Asofondos como Fasecolda han anunciado acciones legales para impugnar la medida. Señalan que los cambios solo regirán para quienes celebren nuevas rentas vitalicias o contraten seguros desde 2027 y no afectarán a los pensionados actuales. No obstante, advierten que el texto del decreto no es totalmente claro, lo que mantiene la preocupación jurídica en el sector.
Voces técnicas, como la de Mauricio Olivera, expresidente de Colpensiones, han criticado la ausencia de una mesa de concertación técnica que evaluara detenidamente las consecuencias antes de la decisión, según expresó al medio nacional.