La ‘influencer’ y empresaria Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, fue trasladada de la cárcel El Buen Pastor a la Escuela de Carabineros en Bogotá. El abogado Francisco Bernate, representante legal de Barrera, confirmó que el cambio se realizó la mañana del miércoles 20 de agosto.
Una fotografía, tomada por las autoridades en la reseña de ingreso a su nuevo centro de reclusión, revela el aspecto actual de la empresaria y marca el inicio de una nueva etapa en el cumplimiento de su condena, generando gran expectativa entre los medios y sus seguidores.
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En la imagen difundida por Noticias Caracol, Barrera Rojas aparece con prendas azules y un corte de cabello tipo capul, un contraste visible frente a las fotos tomadas en enero, febrero y mayo de 2025 durante su permanencia en El Buen Pastor.
Sobre el aval de traslado y la condena
El Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) fueron las entidades que avalaron la solicitud de traslado presentada por la defensa de Epa Colombia. Estos movimientos se enmarcan dentro de procedimientos legales que permiten reubicar a condenados bajo condiciones especiales de seguridad o circunstancias particulares, como la maternidad o riesgos en la cárcel tradicional.
Epa Colombia cumple una pena de cinco años y dos meses de prisión por los delitos de daño en bien ajeno agravado, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, e nstigación a delinquir con fines terroristas. Estos delitos se originaron tras la grabación de videos en noviembre de 2019 destruyendo parte de la estación Molinos del sistema TransMilenio en Bogotá.
Inicialmente, fue condenada por un juzgado y un tribunal, pero el caso llegó hasta la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la sentencia. “La difusión por redes de comunicación masiva de mensajes incitadores a la violencia y la destrucción del sistema de transporte público, por parte de la popular influencer ‘Epa Colombia’, a sus seguidores, ubicados en distintos lugares del país, en ese tiempo conmocionado por el ‘estallido social’, con la sugerencia de que actuaran de la misma manera que ella, tenía plena idoneidad para instigar a delinquir a través de conductas constitutivas de terrorismo”, explicó la Corte.
Además, la justicia le prohibió a Barrera utilizar sus redes sociales con el “oficio de influencer o youtuber”, limitando su actividad pública y digital.
Rechazo a una posibilidad de libertad
El 25 de abril de 2025, la Corte Suprema de Justicia negó una tutela presentada por Daneidy Barrera Rojas que buscaba su liberación inmediata, alegando vulneración de derechos fundamentales como madre cabeza de hogar. La acción fue acompañada por cuatro ciudadanos que actuaban como agentes oficiosos, quienes alegaban violaciones al debido proceso, libertad de expresión, legalidad, defensa y protección de los derechos de la infancia.
La Corte Suprema concluyó que no existían pruebas suficientes que demostraran violaciones sustanciales al orden jurídico. “El papel de Barrera como figura pública con millones de seguidores le daba un poder de influencia significativo, que utilizó para incitar actos violentos que generaron terror y zozobra”, afirmó la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural.
Respecto a su hija menor de edad, el alto tribunal explicó que el ordenamiento jurídico colombiano garantiza mecanismos para proteger los derechos de los niños. Dentro de lo expuesto por la Corte Suprema, se incluye la posibilidad de convivencia con madres privadas de libertad bajo vigilancia del Inpec y acompañamiento del Icbf.
Por ello, el alto tribunal no constató afectación directa a la menor, asegurando que se mantienen las garantías legales necesarias para su bienestar y desarrollo durante el tiempo que su madre cumpla la condena.