Conducir “lento” en el carril equivocado le puede salir caro en Colombia: esta es la considerable multa que tendría que pagar

Si bien la atención de las autoridades de tránsito suele centrarse en el exceso de velocidad, también existen sanciones para quienes conducen más despacio de lo normal, especialmente en el carril izquierdo

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, conducir a una velocidad que entorpezca el libre frujo puede acarrear sanciones - crédito IDU

Como bien se sabe, las vías, calles y avenidas del país se rigen bajo el Código Nacional de Tránsito, que permite a ciudadanos y autoridades garantizar la seguridad e integridad de los diferentes actores viales; aunque en ocasiones, ya sea por irresponsabilidad o ignorancia, algunos conductores faltan a la norma.

Además de aprobar exámenes y respetar la señalización, los conductores deben conocer y acatar las normas sobre velocidad en las vías.

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Si bien la atención de las autoridades de tránsito suele centrarse en el exceso de velocidad, también existen sanciones para quienes conducen más despacio de lo normal, especialmente en el carril izquierdo.

El carril izquierdo se utiliza únicamente para adelantar vehículos - crédito Comisión Fílmica Colombia

Esta es la sanción por circular lento en el carril izquierdo

El Código Nacional de Tránsito, contempla en su artículo C25, la infracción que penaliza a los conductores que transitan por el carril izquierdo a una velocidad que entorpezca el flujo vehicular, en contextos donde existen más de un carril.

De acuerdo con el Ministerio de Transporte, esta conducta se sanciona con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (Smldv), que en 2025 corresponde a $604.100, de acuerdo con la Unidad de Valor Básico (UVB).

La infracción aplica cuando un vehículo transita por el carril izquierdo a una velocidad inferior a la del tráfico normal, genera obstáculos y riesgo para otros usuarios de la vía, además de afectar la fluidez del tránsito.

Aunque este comportamiento es menos visible que el exceso de velocidad, constituye un riesgo para la seguridad vial, pues puede ocasionar frenadas inesperadas, maniobras riesgosas y congestión. El carril izquierdo en las carreteras y autopistas del país cumple la función específica de permitir adelantar a otros vehículos. Tras completar esa acción, corresponde volver al carril derecho.

Límites de velocidad oficiales en Colombia

Los límites de velocidad están definidos por la Ley 2251 de 2022, conocida como Ley Julián Esteban:

  • Zonas escolares y residenciales: 30 km/h
  • Vías urbanas y municipales: 50 km/h
  • Vías rurales: 80 km/h
  • Carreteras nacionales y departamentales: 90 km/h
  • Vías de doble calzada sin pasos peatonales: 120 km/h

El desconocimiento de estos límites es un motivo frecuente de multas, tanto por exceder la velocidad permitida, está contemplada en la infracción C29, también de $604.100, como por conducir demasiado lento en determinadas situaciones.

Conducir a muy alta velocidad o muy baja velocidad puede representar riesgos en las vías - crédito @PasaenBogota/X

Cabe señalar que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), señalan que la velocidad inadecuada, tanto excesiva como demasiado baja, afecta directamente el riesgo y la gravedad de los accidentes de tránsito.

La OMS advierte que la velocidad limita la capacidad de reacción ante emergencias y reduce el campo visual. Además, aumenta la dificultad para controlar el vehículo, en especial en zonas de riesgo como curvas o intersecciones.

Ocho puntos de fotomultas en Bogotá sancionan por exceder los 30 km/h en 2025

Las autoridades de Bogotá reforzaron en 2025 la vigilancia del tránsito con cámaras de fotodetección, conocidas como fotomultas, instaladas en zonas específicas para sancionar a quienes excedan el límite de 30 kilómetros por hora.

Las cámaras de fotodetección sancionan conductas peligrosas en Bogotá con especial énfasis en exceder límites de velocidad en áreas vulnerables - crédito Johan Largo/Infobae

Esta restricción aplica en sectores residenciales, escolares y cercanos a hospitales, según la Ley 2251 de 2022, con el objetivo de proteger la seguridad vial y reducir el índice de accidentes en contextos de alta vulnerabilidad.

La Secretaría de Movilidad identificó ocho puntos críticos donde el flujo constante de peatones y la proximidad de instituciones educativas o centros médicos justifican la implementación del límite reducido. Superar los 30 km/h en estos sitios puede significar sanciones económicas para los conductores.

Las cámaras están ubicadas en:

  • Calle 139 con carrera 131 (sentido este-oeste)
  • Avenida Ciudad de Cali con calle 135A (sentido sur-norte y norte-sur)
  • Avenida carrera 10 con calle 13 Sur (sentido norte-sur y sur-norte)
  • Carrera 33 con calle 41 Sur (sentido sur-norte y norte-sur)
  • Calle 63 Sur con carrera 97B (sentido este-oeste)

La administración distrital busca con estas medidas disminuir la siniestralidad y proteger a los actores viales más vulnerables.

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