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Desde el Concejo de Bogotá exigen decreto para combatir drogas en parques y colegios

Mediante la recopilación de firmas, el concejal Andrés Barrios busca presionar al alcalde para la creación de entornos seguros

El concejal Andrés Barrios lidera la iniciativa sobre la prohibición de venta de estupefacientes en colegios - crédito Concejo de Bogotá

En un movido esfuerzo por combatir el impacto negativo del consumo de drogas en los espacios públicos de Bogotá, el concejal Andrés Barrios ha encabezado una iniciativa crucial.

Respondiendo a la creciente preocupación entre los ciudadanos y autoridades educativas, Barrios ha presentado un Proyecto de Acuerdo al Concejo de Bogotá, buscando establecer zonas libres de la influencia de sustancias psicoactivas, especialmente en parques y áreas cercanas a entornos escolares.

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“La ciudad está plagada de jíbaros y los parques dejaron de pertenecer a los niños, no queremos más tibiezas de esta administración y exigimos un decreto que reglamente entornos seguros de drogas”, manifestó Barrios.

Evidenciando la gravedad de la situación, una carta dirigida al alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, firmada por múltiples ciudadanos bajo la coordinación de Barrios, subraya la urgente necesidad de una regulación efectiva.

En la carta se puede leer: “Es alarmante la presencia y accesibilidad de sustancias ilícitas en las cercanías de los colegios de la ciudad. Esta situación no sólo pone en riesgo la integridad física y emocional de los estudiantes, sino que también afecta el ambiente de aprendizaje y la calidad de la educación que buscamos proporcionar”.

Andrés Barrios asegura que la ciudad está plagada de jíbaros - crédito Concejo de Bogotá

Ciudadanos preocupados y miembros del Concejo enfatizan que la ausencia de regulación está beneficiando a los criminales, quienes aprovechan estos vacíos legales para apropiarse del espacio público y alimentar sus actividades delictivas a través de la venta de drogas.

El concejal resalta cómo otras ciudades colombianas, como Cali y Medellín, han tomado medidas al respecto mediante la expedición de decretos que regulan este problema, sugiriendo que Bogotá podría seguir un ejemplo similar.

“Los delincuentes están aprovechando el vacío normativo y se apropiaron del espacio público, la droga es el negocio por medio del cual se están nutriendo las bandas criminales en la ciudad y lo están haciendo a sus anchas”, destacó Barrios, haciendo énfasis en la importancia de una acción inmediata para recuperar la seguridad y el bienestar en estos entornos vulnerables.

La solicitud se hizo a través de una carta enviada al alcalde Carlos Fernando Galán - crédito Alcaldía de Bogotá

Esta movilización por parte de figuras del Concejo de Bogotá y la sociedad civil subraya un llamado colectivo para la implementación de políticas públicas más robustas que combatan la venta y consumo de drogas en espacios destinados al esparcimiento familiar y el desarrollo educativo de los jóvenes. La meta es clara: asegurar entornos seguros, libres de las garras del narcotráfico y sus efectos devastadores en la comunidad.

Por ahora el alcalde Galán no ha proporcionado una respuesta.

La regulación de la dosis mínima

En Colombia, una reciente actualización legislativa, específicamente el decreto 2114 de 2023, ha redefinido las directrices en torno a la posesión de estupefacientes para consumo personal. El decreto establece claramente las cantidades consideradas como dosis mínima, concebida exclusivamente para el uso personal del portador y sin fines de distribución o venta.

Según la normativa, las cantidades permitidas a un individuo abarcan 20 gramos de marihuana, 5 gramos de hachís, 2 gramos de metacualona y hasta 1 gramo de cocaína o sus derivados. Esta definición restringe la interpretación de uso personal a la cantidad específica en posesión y excluye cualquier intento de comercialización independientemente de la medida en la que se encuentre.

Anteriormente, un decreto permitía a las autoridades incautar las sustancias, aunque estuvieran dentro de los límites establecidos para la dosis mínima, bajo la premisa de una posible intención de distribución. Sin embargo, bajo la nueva normativa, esta acción sólo es viable si se demuestra que la posesión de la droga tiene como objetivo su venta o distribución, independientemente de la cantidad.

El actual decreto prohíbe el porte de sustancias destinadas a la venta - crédito Secretaría de Educación

“No se considera de uso personal si la droga, sin importar su cantidad, tiene como fin su distribución o venta”, subraya el texto del decreto, marcando una distinción crucial en la gestión de la posesión de drogas para el consumo personal frente a las actividades de tráfico.

El decreto 2114 de 2023, por tanto, modifica el enfoque regulatorio hacia el consumo personal de estupefacientes en Colombia, poniendo especial atención en diferenciar claramente entre el consumo privado y el tráfico de drogas. Esta medida legal busca equilibrar la necesidad de combatir el narcotráfico sin criminalizar a los consumidores que portan cantidades de sustancias estupefacientes dentro de los límites permitidos por la ley. “Esta dosis se limita al consumo de la persona portadora”, enfatizan las nuevas disposiciones, haciendo hincapié en la importancia de considerar el contexto de la posesión para determinar su legalidad.

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