Lo despidieron por haberse contagiado de VIH y la Corte Constitucional ordenó que lo reintegren: esto dice el fallo

El hombre interpuso acciones legales después de asegurar que adquirió el virus mientras desempeñaba sus labores como recolector de basura

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El fallo de la corte ordenó a la empresa de aseo reintegrar al hombre - crédito Luisa González/Reuters
El fallo de la corte ordenó a la empresa de aseo reintegrar al hombre - crédito Luisa González/Reuters

En un caso que pone de relieve la protección de los derechos laborales y la no discriminación, José, un recolector de residuos en una de las principales ciudades del país, recibió justicia tras ser injustamente despedido por haber contraído VIH a consecuencia de un accidente laboral.

Al respecto, la Corte Constitucional ha resuelto a favor del trabajador, ordenando su reinstalación o reubicación en un puesto de trabajo seguro, así como el pago de salarios y prestaciones sociales devengadas desde el momento de su despido.

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Según cuentan los antecedentes, José, durante su jornada laboral y en el cumplimiento de sus deberes, sufrió una herida con una jeringa contaminada que se encontraba entre los desechos a recolectar. Esta lesión resultó en la transmisión del VIH-1.

Tras ser diagnosticado, el trabajador experimentó una pérdida de capacidad laboral estimada en 31,2%. Pese a su condición de salud y sin ningún tipo de justificación, la empresa para la cual trabajaba decidió terminar su contrato de forma unilateral, alegando justa causa.

Sin posibilidad de reclamar ante la entidad, José encontró como única salida apelar a la justicia para demandar la restitución de sus derechos laborales y sociales, enfocándose en el derecho a la estabilidad laboral reforzada, la seguridad social, la igualdad, la dignidad humana y el mínimo vital. En su acción de tutela, radicada ante el alto tribunal, argumentó que el despido se dio sin la aprobación del Ministerio de Trabajo, lo que constituyó una violación a sus derechos.

José fue despedido a pesar de haber contraído VIH en medio de sus labores con la empresa - crédito Getty
José fue despedido a pesar de haber contraído VIH en medio de sus labores con la empresa - crédito Getty

Ante esta violación de derechos, la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, determinó que la terminación del contrato laboral de Pedro fue discriminatoria e ineficaz, pues se dio bajo el conocimiento de su condición de salud.

“Se presume despido discriminatorio debido a que el empleador conocía que el accionante padecía de VIH1 y no solicitó autorización al inspector del Trabajo para dar por terminada la relación laboral,” señaló la Corte. Esta decisión no solo implícita la restitución laboral para Pedro, sino también establece un precedente importante en la protección de los derechos laborales de personas en condiciones de salud vulnerables.

Y es que según señaló el alto tribunal, lo ocurrido en la empresa de José estuvo mediado por la desinformación y los prejuicios asociados al VIH, los cuales pueden conducir a la estigmatización y discriminación en el entorno laboral.

De hecho, la corte aseguró que la ignorancia sobre la enfermedad incluso llevó a José a temer sobre la posibilidad de contagiar a sus hijos, reflejando el grave impacto que la falta de educación respecto al VIH puede tener en la vida de las personas afectadas.

Es por eso que los magistrados también obligaron a diferentes entidades de salud para preparar académicamente a los funcionarios de la empresa que fue demandada por José. De hecho, la sentencia incluyó medidas para combatir la desinformación, como la orden a la EPS Salud Total que tendrá que brindar capacitación al accionante y su familia sobre el VIH, sus riesgos y su manejo, para fomentar un ambiente de entendimiento y apoyo.

“La capacitación hará énfasis en el desmonte de los prejuicios que puedan hacer mella en el intercambio familiar y en la salud emocional y mental del accionante, y tendrá la duración que sea necesaria y adecuada para el cumplimiento de los fines que se señalan en esta providencia”, se lee en el documento.

Igualmente, el fallo incluye a la ARL Sura para implementar un proceso de capacitación exhaustiva dirigida tanto a la empresa involucrada como a sus empleados. Este esfuerzo busca sensibilizar sobre el VIH-1, promover el respeto, el trato digno a las personas diagnosticadas y prevenir futuros casos de discriminación por enfermedad en el ámbito laboral.

Con la sentencia de la Corte Constitucional, la historia de José, más allá de ser un llamado a la empatía y al respeto, se convierte en un símbolo de esperanza para muchos en situaciones similares, al tiempo que subraya la importancia de la acción legal en la protección de los derechos humanos y laborales.

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