Familiares de Álvaro Gómez piden a la JEP desestimar a las Farc como responsable del magnicidio

Señalaron que los antiguos jefes subversivos del desaparecido grupo insurgente no pudieron desestimar las investigaciones en la justicia ordinaria en las que se maneja la hipótesis de un supuesto crimen de Estado

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Familia de Álvaro Gómez Hurtado pidió a la JEP desestimar la versión de los antiguos jefes de las Farc que se atribuyeron el magnicidio. (Colprensa).

Los familiares del destacado político conservador y fundador del Movimiento de Salvación Nacional, que participó en la elaboración de la Constitución Política de 1991, reiteraron sus críticas a la aparente confesión de los antiguos jefes subversivos de la extinta guerrilla de las Farc que se atribuyeron el magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado, ultimado en noviembre de 1995.

En una carta que le enviaron a los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), para que desestimen el proceso, señalaron que los integrantes del antiguo secretariado del grupo insurgente no lograron probar su participación, así como tampoco lograron desvirtuar las investigaciones que se llevaban por ese crimen, que ellos consideran de Estado, y que se perpetró frente a la Universidad Sergio Arboleda, en el norte de Bogotá, donde el líder político se desempeñaba como docente, informaron en la emisora La W Radio.

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“No se aportó documentación, pruebas, informes, manifiestos o material probatorio que permita ir más allá de una simple adjudicación de un homicidio en cabeza del Secretariado de las Farc”, citaron del documento.

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Agregaron que la magistrada Julieta Lemaitre, quien lleva el caso, no tuvo en cuenta el informe que le presentaron sobre el alcance de las indagaciones por el homicidio y en el que se maneja la hipótesis de una supuesta responsabilidad del Gobierno Nacional de esa época, que lidereaba entonces el expresidente Ernesto Samper.

Y recordaron que la única versión analizable sobre esa nueva versión del magnicidio fue la que brindó en 2020 el hoy senador Julián Gallo, que se conoce más por su nombre de guerra Carlos Antonio Lozada. No obstante, la consideraron como insuficiente.

“Los demás testimonios son de pura referencia y no ofrecen más que simples rumores que en ningún modo pueden ser tenidos en cuenta como verdad, ni ofrecen siquiera posibilidad de ser convalidados de forma alguna”, destacaron en el medio radial de la misiva de la familia Gómez.

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Finalmente reiteraron que era inconsistente, como argumentó Lozada en su momento, que el crimen de Gómez Hurtado se justificara bajo el argumento de que lo declararon como objetivo militar 35 años antes de que supuestamente lo ejecutarán, y que, una vez consumado el asesinato, tampoco lo reivindicaran, como solían hacer en sus años de lucha armada.

“Resulta inverosímil concebir que después de tanto tiempo transcurrido entre el debate del congreso (1960), el homicidio y la reivindicación del hecho el pasado octubre de 2020 se valide esta hipótesis carente de cualquier soporte probatorio, en contravía de todas las pruebas que la Justicia Ordinaria ya ha practicado y que reiteran la autoría de narcotraficantes con participación de altos miembros de la administración de Ernesto Samper”, afirmaron.

Este nuevo comunicado se conoce justo cuando la JEP tiene como plazo máximo este 1º de febrero para pronunciarse si continuarán con la investigación del magnicidio de Gómez Hurtado o si definitivamente dejarán que siga su curso en la justicia ordinaria.

Se debe recordar que el pasado 26 de enero en el tribunal de paz no aceptaron la solicitud de la familia del líder conservador, para obtener el testimonio de Salvatore Mancuso, antiguo máximo jefe de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), en relación con el asesinato.

La solicitud había sido presentada en diciembre de 2023, después de que el ‘expara’ insinuara tener información relevante sobre los detalles y los responsables directos del crimen.

La decisión de la JEP se basa en la naturaleza de los procesos que lleva a cabo, centrados en contribuir a la verdad a través de diálogos y no mediante confrontaciones adversariales típicas de los juicios ordinarios.

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