En la sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado fue admitida una demanda en contra de la personería jurídica del movimiento político Independientes, con el que Daniel Quintero, exalcalde de Medellín, se lanzó como candidato a la alcaldía de su ciudad.
Según la demanda, el CNE habría incurrido en un error al considerar que este partido participó de la elección de los congresistas Alex Flórez y Alejandro Toro.
El 3 de octubre el Consejo de Estado admitió una demanda que busca tumbar el partido Independientes, de Daniel Quintero, exmandatario de la capital antioqueña muy mencionado en los últimos días, con el que llegó a ser alcalde en el 2019.
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Google News.
De acuerdo con lo expuesto en la demanda presentada por el vocero de la Veeduría Transparencia Electoral, Luis Humberto Guidales, el 11 de enero del año 2023 Esteban Restrepo, candidato a la Gobernación de Antioquia, y Juan Carlos Upegui, pretendiente a ser próximo alcalde de Medellín, junto con el congresista David Alejandro Toro, solicitaron al Consejo Nacional Electoral reconocer la personería jurídica de Independientes.
En esta petición, los anteriormente mencionados pretendieron de igual forma que se reconociera las elecciones de Alex Flórez y Alejandro Toro como integrantes del movimiento político Independientes.
En este sentido, el veedor Luis Humberto Guidales, de Transparencia Electoral, en la solicitud que presentó meses atrás, sustento lo siguiente: “los señores Álex Javier Flórez Hernández y David Alejandro Toro Ramírez fueron inscritos, respectivamente, como candidatos al Senado y a la Cámara periodo 2022-2026, por la coalición Pacto Histórico, en representación del movimiento político Colombia Humana y ambos candidatos resultaron electos, y subrayó que ‘Independientes’ no recaudó apoyos para inscribir candidatos a las elecciones de Congreso de la República de 2022″.
Después de que el Consejo de Estado aceptara la demanda para estudiar la nulidad, dio aviso a los representantes legales de Independientes, MAIS, Colombia Humana, A.D.A. AICO, el Polo Democrático y la UP para que se puedan pronunciar con respecto al tema.
La magistrada Rocío Araujo aseguró que la solicitud de nulidad se ajusta a las exigencias de la ley, ya que anexa pruebas y detalles de los canales de notificación del demandante, y a causa de lo anterior se dio pie al estudio.
Por otro lado, el veedor explica de igual manera por medio de la demanda, que el movimiento político del exalcalde Quintero, en el año 2022, cuando ocurrieron las elecciones al Congreso de la República, no inscribieron candidatos ni al Senado ni a la Cámara de Representantes, por ende no es posible atribuirles votos de otras organizaciones políticas.
El veedor, con respecto al tema, también dijo que: “bajo esa lógica aseveró que, con la tesis del Consejo Nacional Electoral, cualquier movimiento ciudadano sin personería jurídica podría decir en cualquier elección que “adhirió” a otras candidaturas para Congreso de la República y evadir los requisitos constitucionales que regulan la personería jurídica de las organizaciones políticas”.
Dentro de los argumentos que expone la demanda está que: “El GSC Independientes no tenía vocación de permanencia para participar en las elecciones de Congreso en 2022 y la Ley 1475 de 2011 solo permite que organizaciones políticas con personería jurídica puedan adherirse válidamente a un candidato de colación”.
Es importante recordar que desde que el movimiento político Independiente obtuvo su personería jurídica, según lo informado por El Colombiano, ha dado una cantidad entre avales y coavales de más de 2.800.
Se debe resaltar que, la Veeduría Transparencia Electoral, demandó de igual manera la personería jurídica del partido Creemos de Federico Gutiérrez y también pidieron al CNE se tumbara la candidatura a la Gobernación de Antioquia de Julián Bedoya, por supuesta doble militancia.