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Club El Nogal: JEP calificó de “crimen de guerra” el atentado y negó amnistía a los hermanos Arellán, exmiembros de las Farc

El 7 de febrero de 2003, integrantes de las extintas Farc detonaron un carro bomba en el Club El Nogal en Bogotá, ocasionándole la muerte a 36 personas

La JEP señaló que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil - crédito Archivo de la Presidencia de la República

Se trata de Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas, los dos exintegrantes de la columna móvil Teófilo Forero de las extintas Farc, que participaron del atentado con carro bomba que dejó 36 personas muertas y 158 heridas.

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La magistratura determinó que el ataque no se dirigió contra un objetivo militar, sino en contra de un club social y empresarial. Además, “produjo muertes y lesiones de civiles que no eran objetivos militares y gozaban de protección a la luz del DIH”.

En la decisión, la JEP analizó los principios de distinción y precaución que entre otras cosas indican que: “las partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre personas civiles y combatientes. Los ataques solo podrán dirigirse contra combatientes. Los civiles no deben ser atacados”.

En este caso, al estar el lugar del atentado situado en una zona comercial y residencial de Bogotá, dice la JEP, se trata de un bien civil que no tiene, ni tuvo para la fecha de los hechos, “como naturaleza, finalidad o utilización, contribuir eficazmente a la acción militar y no ofreció una ventaja militar definida”.

Por lo tanto, señaló que el ataque al Club El Nogal desconoció gravemente el principio de distinción al afectar directamente a personas civiles protegidas y a bienes de carácter civil.

La SAI remitió el atentado al Club El Nogal al Caso 10 de la Sala de Reconocimiento de Verdad: ‘Crímenes no amnistiables cometidos por miembros de las extintas FARC- EP en el conflicto armado’.

La JEP estableció una ruta especial para que las víctimas del atentado al Club el Nogal participen en el trámite en el Caso 10, en la que se les brinde acompañamiento y atención integral - crédito Colprensa/Sergio Acero

Además, estableció una ruta especial para que las víctimas del atentado al Club el Nogal participen en el trámite en el Caso 10, en la que se les brinde acompañamiento y atención integral.

Finalmente, la SAI ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) suspender el proceso de cobro coactivo que cursa en contra de Herminsul Arellán Barajas. Esto, con ocasión de la multa impuesta por la justicia penal ordinaria por el atentado al Club el Nogal hasta que la Sala de Reconocimiento se pronuncie al respecto.

Esta suspensión, según la JEP, no implica el levantamiento de las medidas cautelares impuestas con el propósito de garantizar los derechos de las víctimas.

Los hermanos Arellán Barajas fueron condenados a 40 años en centro penitenciario, pero en el 2017, tras la firma del Acuerdo de Paz con el Gobierno de Juan Manuel Santos se sometieron ante la Jurisdicción Especial para la Paz, para acceder a beneficios jurídicos a cambio de entregar información que esclarezca el atentado

En su proceso en la JEP, luego de haber recibido el beneficio de libertad condicionada, la SAI les impuso el régimen de condicionalidad y les hizo un llamado para que aporten a la verdad y se comprometan con el Sistema Integral para la Paz.

El ataque contra el Club El Nogal es uno de los más investigados por parte de las autoridades colombianas debido a su relevancia y el alto número de víctimas que dejó.

Aunque se conoce los nombres de los autores materiales del caso, todavía varios datos quedan de interrogante. En los días que precedieron al ataque se supo en medios de comunicación que las FARC pretendían atacar a 35 clubes del norte de la ciudad, por lo que hay denuncias contra el Estado por no haber protegido suficientemente el lugar.

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