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Mario Hernández asegura que los colombianos deberíamos trabajar más: “Trabajamos muy poquito”

“Gracias a eso los países asiáticos van adelante, trabajando. Dios dijo ‘ganaras el pan con el sudor de la frente’”, argumentó acerca de su planteamiento

De acuerdo con lo que se explica desde el Ministerio de Trabajo, la reducción de horas laborales no significan reducción de salario ni afectación de los derechos adquiridos por parte del trabajador

Desde el 16 de julio del 2023 entró en vigencia la ley 2101 de 2021, que establece la reducción de la jornada laboral en el país. El empresario Mario Hernández, reconocido crítico del Gobierno de turno, manifestó su inconformidad y aseguró que los colombianos ‘trabajan muy poquito’.

Tal como quedó establecido en la normativa, los colombianos pasan de 48 horas trabajadas a 47. La idea, explica la ponencia de la propuesta, es que las horas trabajadas disminuyan progresivamente con el tiempo. Para el año 2026 se espera que los colombianos trabajen 42 horas.

“Tenemos que ser más eficientes y competitivos (...) trabajamos muy poquito, deberíamos trabajar mucho más (...) todo lo paga el producto, eso lo paga el consumidor (...) Nuestra gente se gasta tres o cuatro horas al día en transporte, ¿por qué no somos más eficientes en esto? No solo es trabajar menos, es tener calidad de vida para la gente (...) Por eso la gente cada vez será más pobre”, comentó en testimonios recopilados por Noticias Caracol. Tal como lo argumentó, 48 horas de trabajo semanales son equivalentes al 25% de horas que tiene un mes.

“Trabajamos antes muy poquito, deberíamos trabajar mucho más, gracias a eso los países asiáticos van adelante, trabajando. Dios dijo ‘ganaras el pan con el sudor de la frente’”, añadió.

Las palabras de Hernández no coinciden con lo recientemente expuesto por parte del movimiento político colombiano Centro Democrático. “La Ley de reducción de Jornada Laboral propuesta por el expresidente Álvaro Uribe y la bancada del Centro Democrático, empezará a regir a partir de este 15 de julio de 2023. La Ley busca reducir el horario laboral de 48 a 42 horas paulatinamente, sin afectar el salario, para que los colombianos pasen más tiempo en familia, tengan tiempo para la diversión, la educación, el deporte y la cultura. Por una sociedad sin pobreza y más justa”, se comentó desde las redes sociales de ese partido.

“Gracias a eso los países asiáticos van adelante, trabajando. Dios dijo ‘ganaras el pan con el sudor de la frente’”, argumentó acerca de su planteamiento

De acuerdo con lo que se explica desde el Ministerio de Trabajo, la reducción de horas laborales no significan reducción de salario ni afectación de los derechos adquiridos por parte del trabajador. “El cambio será de manera gradual así: desde el próximo 16 de julio de 2023, una hora; desde el día 16 de julio del año 2024, será de 46 horas; en el día 16 de julio del año 2025, pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas”, detallan desde esa cartera gubernamental.

Se explica en esa web, además, que la ley 2101 de 2021 habla, en particular, de la jornada laboral máxima de los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, de “las personas naturales que han suscrito contratos laborales con empresas privadas”. Por ende, se detalla, “no aplica para las y los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo”.

“No es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de la jornada máxima propuesta por la norma y se recuerda, que la reducción de jornada no implica una disminución salarial”, comentó sobre ello la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Río.

“Esta ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”, añadió, por su parte, el viceministro de relaciones laborales e inspección, Edwin Palma. La ley nueva modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.

“Cualquier duda sobre el particular, podrá ser atendida a través de nuestras inspecciones laborales disponibles en todo el territorio nacional”, continuó Palma Egea.

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