Tras el fallo del Consejo de Estado que anunció la nulidad en la elección de Roy Barreras como congresista, el tribunal fue notificado el jueves 11 de mayo de una acción de tutela instaurada dentro de este proceso y que podría ser una luz para que el líder de su partido, La fuerza de la paz, vuelva al Legislativo.
El recurso fue elevado el lunes 8 de mayo por el abogado Alfredo Trujillo y solicitó su admisión contra la Sección Quinta del alto órgano judicial “con el objeto de que se ampare la presunta violación de sus derechos constitucionales antes mencionados. Niéguese la medida provisional solicitada por la parte actora, de conformidad con las razones expuestas. Solo se visualizará cuando todas las firmas estén realizadas”.
Además, en el documento presentado a la Corte Suprema de Justicia, pidió dejar sin efecto la sentencia proferida contra la elección del expresidente del Senado por doble militancia y pidió aplicar la doble instancia en casos “de connotación como el presente”, pues el fallo fue “de única instancia y controversial”.
En el recurso, conocido por El Tiempo, Trujillo solicitó revisar el fallo de nulidad a modo de garantizar la segunda instancia al proceso y tomando como base los argumentos expuestos en ese documento, incluyendo la expulsión de Barreras del partido de La U.
Trujillo pidió que se ordene “a la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta del Consejo de Estado que, en un término prudencial, revise nuevamente el caso del señor Barreras, teniendo en cuenta la expulsión del Partido de la U, los argumentos presentados en la acción de tutela y la garantía de una segunda instancia, con el fin de asegurar el respeto a mis derechos fundamentales y los del señor Barreras”.
Sin embargo, el jurista aclaró en diálogo con el medio citado que no es apoderado de Barreras Montealegre en el proceso que determinó nulidad en su elección y que tampoco le han notificado la admisión de su tutela en la cual alegó que la decisión afectaría los derechos políticos del parlamentario, contemplados en el artículo 40 de la Constitución.
Esta notificación se confirmó horas después del pronunciamiento de Barreras Montealegre contra el Consejo de Estado. Concretamente, pidió explicaciones sobre el fallo emitido el 5 de mayo.
“¿Por qué cuando precede el acto de expulsión de un parlamentario de su partido (dejando de pertenecer a él), se le atribuye a esa circunstancia los mismos efectos de quien voluntariamente no renuncia a su partido y aspira igualmente de manera voluntaria para el periodo siguiente por un partido distinto en las próximas elecciones?”, preguntó la defensa de Barreras en un pronunciamiento.
Por otra parte, tanto el Consejo Nacional Electoral como la Procuraduría General de la Nación habían manifestado en días pasados que el senador no incurrió en doble militancia.
El CNE explicó que “aplicar la restricción de doble militancia en el caso en concreto, conduciría a una vulneración del artículo 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, en la medida que la decisión de expulsión tomada por un partido no obliga a la renuncia de la curul”.
El Ministerio Público, por su parte, argumentó que debido a su expulsión del Partido de la U en 2020 no estaba obligado a renunciar a la curul ganada tras las elecciones de 2022. “Como consecuencia de la expulsión del senador Barreras Montealegre de la militancia en el Partido de la U el 9 de octubre de 2020, este ‘perdió’ el condicionante u obligación de renunciar a su curul (...) desapareció el elemento de la militancia que le imponía la condición de lealtad con su cuerpo político”, precisó la entidad liderada por Margarita Cabello.