IMSS: Así puedes registrar a tus hijas e hijos en línea

Además, el IMSS ha implementado el pago de cuotas de Seguridad Social a distancia

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(Foto: Twitter@Tu_IMSS)

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través del programa IMSS Digital, ha facilitado la realización de trámites a distancia con la finalidad de fomentar la sana distancia en medio de la emergencia sanitaria por COVID-19. Uno de los trámites disponibles es el alta o registro de las y los hijos de beneficiarios en Clínica de Adscripción (CA) o Unidad de Medicina Familiar (UMF).

Por medio de la Clave Única de Registro de Población (CURP) se puede realizar el registro de menores de 16 años como beneficiarios en la UMF que les corresponda. El trámite también puede ser realizado para el trámite de la Prórroga de Servicios Médicos en caso de que las personas mayores de 16 años cursen sus estudios en escuelas del Sistema Educativo Nacional.

Por otro lado, el trámite a distancia no aplica para el alta o registro de hijas e hijos reconocidos y/o adoptados. En este caso, es necesaria la asistencia directa a la Unidad de Medicina Familiar con la documentación correspondiente.

CONOCE LOS REQUISITOS PARA REALIZAR EL TRÁMITE

- Clave Única de Registro de Población (CURP) del beneficiario.

- Número de Seguridad Social (NSS)

- Clave Única de Registro de Población (CURP) de la o el hijo.

- Código Postal del domicilio del beneficiario.

- Dirección de correo electrónico personal.

IMSS Digital permite realizar trámites a distancia (Foto: IMSS Digital)

El trámite consta de cinco pasos. En la primera sección de la página web se solicita el CURP, Número de Seguridad Social (NSS), correo electrónico personal y un código de letras y números para verificar la identidad de la persona que realiza el trámite. En la segunda parte se solicitan los datos de la o el beneficiario a registrar y, posteriormente, el domicilio correspondiente. El cuarto paso del trámite corresponde a la elección de la clínica y, por último, se emitirá un comprobante del trámite realizado.

Además del registro de nuevos beneficiarios, también se puede realizar el pago temporal de la cuota de continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, también conocido como modalidad 40. Dicha modalidad es aplicable para las personas que finalizaron una relación laboral y, por tanto, han sido dadas de baja del régimen obligatorio, pero desean continuar con la aportación de sus cuotas al Régimen de Seguridad Social.

De igual forma, las y los trabajadores independientes incorporados bajo la modalidad 43 y 44 pueden pagar sus cuotas de aseguramiento a distancia. En este caso, el trámite puede ser realizado por quienes se encuentren adscritas a industrias familiares e independientes como profesionistas, pequeños comerciantes, artesanos y trabajadores no asalariados, así como ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios.

(Foto: Twitter@IMSS_DURANGO)

En ese caso, se debe enviar un correo electrónico a la dirección coordinacion.afil@imss.gob.mx. En el asunto se debe incluir el NSS y, en el contenido del mensaje, adjuntar la CURP junto con el último comprobante de pago de la incorporación voluntaria al régimen obligatorio. Después, el Instituto enviará un mensaje con el formato de pago.

El pago se realiza a través de aplicación o portal bancario. De igual forma se recomienda introducir el monto exacto a pagar con los siguientes datos bancarios del IMSS:

- CLABE: 044180001068672782

- Número de cuenta: 00106867278

- Banco: SCOTIABANK

- Nombre del beneficiario: IMSS

- Referencia: NSS del asegurado compuesto por 11 dígitos, sin espacios ni guiones.

En ambos casos, la o el beneficiario debe enviar un correo electrónico a la misma dirección para confirmar la realización del pago. Para ello se debe adjuntar el comprobante de la transacción generado por la aplicación o portal bancario en compañía del último comprobante de pago.

Otros trámites disponibles a través del portal web del IMSS y la aplicación para teléfonos móviles IMSS Digital son la programación de citas, consulta u obtención de NSS, consulta de vigencia de derechos, así como alta o cambio de clínica. Además, temporalmente se habilitaron recursos para la prevención y el seguimiento de casos confirmados de COVID-19.

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