El Gobierno fija la retirada del aceite de oliva para la campaña 2026/2027 en el 12%, unas 188.000 toneladas

Imagen 4QM2BLQUU5CZZDDRQJGGLFXTZY
Guardar

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios por la que se determina que las almazaras españolas deberán retirar del mercado el 12% del aceite de oliva producido durante la campaña 2026/2027, lo que supone inmovilizar de forma temporal unas 188.000 toneladas.

La medida, que entra en vigor este mismo 6 de noviembre, establece que el producto retirado deberá permanecer almacenado en instalaciones propias o ajenas de las almazaras hasta el 30 de septiembre de 2027.

PUBLICIDAD

Según ha destacado el Ministerio que dirige Luis Planas en un comunicado, el objetivo es regular la oferta ante una previsión de sobreproducción, garantizando la rentabilidad de los agricultores y protegiendo también los intereses del comprador para dotar de estabilidad al mercado.

Esta resolución da cumplimiento al artículo 5 de la norma de comercialización del aceite de oliva para la presente campaña, al amparo del Reglamento comunitario sobre la Organización Común de Mercados.

SE PREVÉN 1,6 MILLONES DE TONELADAS DE COSECHA

La activación del mecanismo responde a los aforos comunicados por las comunidades autónomas, que prevén una producción para la campaña 2026/2027 de 1.602.596 toneladas de aceite de oliva, lo que representa un 23% más que en el ejercicio anterior y convertiría a esta campaña en la cuarta mayor del registro histórico.

PUBLICIDAD

Desde el Ministerio atribuyen este incremento a las condiciones climáticas de la primavera, con temperaturas suaves y lluvias abundantes que favorecieron la floración y el cuajado del fruto en las principales zonas productoras.

A esta cosecha se añaden unas existencias iniciales de enlace situadas en 357.040 toneladas (+23,3% respecto al periodo anterior), de acuerdo con los datos declarados por los operadores al Sistema de Información de los Mercados Oleícolas (SIMO).

Al sumar ambos volúmenes, la cifra alcanza el 120% de la producción media de las últimas seis campañas, cumpliéndose así los requisitos técnicos previstos en la orden ministerial para ordenar la retirada.

RETIRADA OBLIGATORIA DE PRODUCCIÓN DESDE NOVIEMBRE

Cada almazara deberá aplicar el 12% de retirada obligatoria sobre su producción mensual acumulada, con independencia de la categoría de aceite.

En este sentido, las instalaciones tendrán libertad para elegir qué categoría prefieren retirar y si el almacenamiento se efectúa en dependencias propias o ajenas.

El porcentaje comenzará a computar a partir de la entrada en vigor de la resolución, por lo que afectará a la producción declarada de noviembre en adelante y no se aplicará a la de octubre, primer mes de la campaña.

Tanto la producción mensual como las existencias finales deberán comunicarse por los canales habituales del SIMO.

Para garantizar el cumplimiento de la norma, se creará un grupo técnico que aprobará un plan de control coordinado por el Ministerio y ejecutado por las comunidades autónomas.

Los operadores tendrán que aportar la documentación requerida y permitir inspecciones 'in situ'.

Asimismo, el Ministerio precisa que la resolución podrá ser modificada a partir del 31 de diciembre de 2026 en función de la evolución real de la producción.