
El Tribunal Supremo ha acordado, mediante providencia de 20 de julio de 2026, la inadmisión del recurso de casación interpuesto por Pacma contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que estimó el recurso de apelación defendido por los Servicios Jurídicos de la Comunidad y del Ayuntamiento de Medinaceli en relación con la autorización administrativa del Toro Jubilo correspondiente al año 2023.
Con esta resolución, firme y contra la que no cabe recurso, queda definitivamente concluido este procedimiento judicial, han informado a Europa Press fuentes del Ejecutivo autonómico.
La resolución del Tribunal Supremo confirma el criterio mantenido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que en su sentencia de 31 de enero de 2025 ya estimó los argumentos defendidos por los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León.
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En dicha resolución, la Sala declaró la inadmisibilidad de la impugnación formulada contra la solicitud de la autorización administrativa del festejo, al considerar que el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Medinaceli en el que se solicitaba era un acto de trámite no susceptible de impugnación.
Ahora, el Tribunal Supremo considera que el recurso de casación no cumple los requisitos legalmente exigidos para ser admitido, al no justificar la existencia de un interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia.
Asimismo, señala que las cuestiones planteadas responden a las circunstancias concretas del litigio y persiguen obtener un pronunciamiento referido exclusivamente al caso, sin la relevancia general que exige el recurso de casación.
Esta resolución supone la confirmación definitiva de la posición procesal sostenida por la Junta de Castilla y León a lo largo de todo el procedimiento y pone fin a la vía judicial abierta respecto de la autorización administrativa del Toro Jubilo de Medinaceli celebrado en 2023, imponiendo a Pacma el abono de 2.000 euros por las costas procesales.
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El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha destacado "el rigor y la solvencia técnica del trabajo desarrollado por los Servicios Jurídicos de la Comunidad en la defensa de la actuación de la Administración autonómica, cuya argumentación ha resultado plenamente respaldada en las distintas instancias judiciales hasta la firmeza alcanzada con la resolución del Tribunal Supremo".
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