La jueza de la dana accede a que Feijóo declare telemáticamente

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana confirma que el dirigente popular podrá intervenir como testigo desde Madrid, un hecho que obedece a la normativa que ampara a los miembros del Congreso durante procesos judiciales relevantes

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"La jueza aceptó a mediados de diciembre la solicitud realizada por la Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-0, que participa como acusación particular en el proceso judicial, para que Alberto Núñez Feijóo, líder nacional del Partido Popular, declare como testigo. Según informó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la magistrada que dirige la investigación sobre la gestión de la dana en Catarroja accedió a que la declaración de Feijóo se realice a través de medios telemáticos, fundamentando su decisión en la normativa vigente que ampara a diputados y senadores durante procesos judiciales relevantes.

De acuerdo con el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la jueza dictó un auto que contempla la aplicación del artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el cual es mencionado en la petición de Feijóo y permite a los miembros del Congreso y del Senado prestar declaración como testigos desde su despacho oficial mediante medios telemáticos. En el escrito judicial, la magistrada especifica que “no puede sino acceder a la petición formulada, de que se efectúe la declaración testifical desde su despacho oficial en el Congreso, a través de medios telemáticos, de conformidad con el referido precepto invocado por el testigo, en el que se ampara, vía webex”.

Tal como detalló el Tribunal Superior de Justicia, la jueza también puntualizó en su resolución que esta modalidad de declaración testifical no excluye la posibilidad de que Feijóo opte por presentarse de forma presencial ante el juzgado, si así lo decide, el 9 de enero a las 9:30 horas, fecha fijada para su intervención. Según la información proporcionada por el tribunal, el procedimiento se amolda a la normativa vigente sobre comparecencias de cargos públicos con aforamiento.

La citación de Feijóo se produjo en el contexto de una investigación relativa a supuestos hechos ocurridos durante la gestión de la dana (gotas frías de gran intensidad) en la Comunitat Valenciana. La jueza justificó la pertinencia de que el dirigente popular declare como testigo, argumentando que podría "dar razón de los comentarios" que Carlos Mazón, presidente de la Generalitat Valenciana en ese momento, pudo "haber hecho" el 29 de octubre, tras conversaciones con Salomé Pradas, entonces consellera de Justicia e Interior, que figura como investigada en el marco de estas diligencias previas.

De acuerdo con el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la razón por la cual se solicita a Feijóo que aporte su testimonio se centra en la información que pudiera poseer sobre el curso de los acontecimientos y las comunicaciones establecidas entre Mazón y Pradas durante el periodo bajo investigación. La jueza consideró que la declaración del líder nacional del Partido Popular podría ayudar a esclarecer los hechos y a determinar el alcance de las responsabilidades administrativas y políticas involucradas en la gestión de la dana.

La decisión judicial responde al contexto legal que permite flexibilizar las condiciones de comparecencia de los aforados en investigaciones judiciales. Según lo dispuesto en el artículo 412.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, diputados y senadores cuentan con la posibilidad de prestar declaración desde sus despachos oficiales, utilizando mecanismos telemáticos, por lo que la jueza adecuó el procedimiento a esta disposición.

La magistrada también señaló que, aunque se ha autorizado la modalidad telemática para la comparecencia, el testigo mantiene la libertad de acudir físicamente al juzgado de Catarroja, si así lo prefiere. Esta opción refuerza las garantías del proceso judicial y respeta los derechos tanto de la acusación como de la defensa durante la instrucción.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana puntualizó que la declaración de Feijóo está prevista para el 9 de enero, y se llevará a cabo a través de la plataforma Webex si se elige la fórmula virtual. La actuación de la jueza, según consignó el propio tribunal, se basa en el principio de legalidad y en la adaptación de la actividad judicial a la realidad institucional de los cargos públicos citados a declarar.

En este proceso, Salomé Pradas figura como investigada en las diligencias abiertas. El tribunal relató que las diligencias indagan sobre la información transmitida y las decisiones adoptadas durante el episodio meteorológico conocido como dana, en especial a partir de los contactos mantenidos por los principales decisores en el ámbito del Ejecutivo autonómico y del Ministerio del Interior valenciano.

La investigación en el juzgado de Catarroja busca establecer las circunstancias en que se gestionó la emergencia producida por la dana y determinar si las autoridades actuaron conforme a los protocolos y regulaciones establecidos. El papel de Feijóo, según remarcó el tribunal, se circunscribe a su conocimiento de los intercambios y notificaciones entre Mazón y Pradas, que ahora forman parte de los elementos valorados por la jueza para dilucidar los hechos investigados.

La autorización concedida por el tribunal responde igualmente a la solicitud expresa presentada por la defensa de Feijóo y remite, según reportó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, a la protección de prerrogativas parlamentarias recogidas en la legislación judicial española.

El tribunal concluyó que tanto la opción telemática como la presencial son válidas para la comparecencia de Feijóo, y ambas alternativas se ajustan a los procedimientos vigentes para las declaraciones de altos cargos políticos en sede judicial.