Prescribió la condena a prisión de dos opositores de Rafael Correa

Se trata de Cléver Jiménez y su asesor, Fernando Villavicencio, a quienes acusaron de "injurias" por decir que el presidente ecuatoriano ordenó una incursión armada durante las revueltas policiales de 2010

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El ex asambleísta Cléver Jiménez y su ex asesor Fernando Villavicencio, sentenciados a un año de prisión por supuestas injurias al presidente Rafael Correa, podrán salir de la clandestinidad, informa el diario La Hora.

La pena caducó el lunes, cuando el juez a cargo del proceso declaró prescripta la causa judicial. Desde el pasado 3 de marzo de este año, los dos sentenciados vienen insistiéndole al juez nacional que se pronuncie sobre la prescripción de la pena, por haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 107 del Código Penal anterior.

Ni Correa ni su abogado hicieron declaraciones, por el momento, sobre la decisión judicial.

AFP 163

El magistrado Luis Enríquez, de la Sala Penal de la Corte Nacional, también dispuso que la policía se abstenga de capturarlos.

Tanto Jiménez como su asesor Villavicencio estaban en la clandestinidad desde hacía un año, luego de ser sentenciados inicialmente a una pena de 18 meses de cárcel, que luego se modificó a 12 meses.

Los dos, junto con el dirigente gremial Carlos Figueroa, acusaron a Correa de haber ordenado la incursión armada sobre el hospital de la policía, durante una revuelta policial ocurrida el 30 de septiembre de 2010, por lo que fueron sentenciados por injurias. El presidente se había refugiado en ese lugar para huir del asedio de los uniformados.

Figueroa fue sentenciado a seis meses de prisión y cumplió la pena.

En su cuenta de Twitter, Villavicencio comentó: "Dije que no permitiría que las manos de una Justicia al servicio de la corrupción, la venganza y el odio vulnerara mi humanidad, así lo hice".

"No podrán callarme. Montarán los juicios que quieran, perseguirme, pero mi voz vivirá en libertad. Seguiré escribiendo, revelando la corrupción", afirmó en otro mensaje en la misma red social.

De acuerdo con la Constitución ecuatoriana, "las penas privativas de la libertad, por delito, prescriben en un tiempo igual al de la condena, no pudiendo, en ningún caso, el tiempo de la prescripción ser menor de seis meses. La prescripción de la pena comienza a correr desde la media noche del día en que la sentencia quedó ejecutoriada y se imputará al tiempo necesario para la prescripción el que el delincuente hubiere estado recluso, preso o detenido por motivo del mismo delito".