
Un tribunal penal avaló que un obispo de la iglesia mormona haya violado el secreto de confesión para denunciar que un hombre abusó sexualmente de una nena de 13 años, hija de su pareja. Para los jueces, el religioso actuó con causa justa ya que la menor estaba en riesgo de nuevos ataques porque convivía con el imputado.
El obispo pertenece a la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y le contó a la mujer que su pareja le había confesado que abusó sexualmente de su hija.
Luego, la menor le relató a su madre cómo fueron los hechos y la mujer hizo la denuncia en la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que derivó en la causa penal en la que se ordenó la detención del acusado, quien se fugó a Paraguay donde está detenido a la espera del proceso de extradición al país.
Pero la defensa del imputado pidió la nulidad de la causa porque sostuvo que se inició en base a que el obispo violó el secreto de confesión que le había dado su cliente en un marco de intimidad que el religioso no puede romper. La Cámara del Crimen rechazó el pedido y mantuvo la investigación, informaron a Infobae fuentes judiciales.
La pareja concurría habitualmente a la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, ubicada en el barrio porteño de Vélez Sarsfield, y vivieron una situación de violencia de género. El hombre la agredió físicamente y verbalmente.
Tanto el obispo –G.C.C., por sus iniciales– como otros integrantes de la iglesia concurrieron a la casa de ambos. Allí, el religioso le contó a la mujer que su pareja se había confesado con él y le dijo que había abusado sexualmente de su hija en por lo menos dos oportunidades.
El religioso fue citado en la causa pero dijo que no iba a declarar por su relación con el acusado y porque se lo prohibía el secreto de confesión.
Los jueces Mariano Scotto y Mauro Divito, de la Sala VII de la Cámara del Crimen, señalaron que no se estableció si la iglesia de Jesucristo forma parte de un culto admitido pero que por los dichos del obispo se trata de un credo en el que rige la intimidad de la confesión. No obstante, la avalaron para la causa penal.
"Las particulares circunstancias de este caso, en el que la revelación no sólo importó dar a conocer a la madre de la víctima los dos hechos delictivos pasados sino, principalmente, alertarla acerca de su presumible reiteración en un futuro inmediato, permiten estimar que -al menos en principio- se verificó la ´justa causa´ que contempla la ley, con mayor razón al ponderar que la afectada resultaba ser una menor de edad y que, por su situación de convivencia con el imputado, el riesgo de nuevos ataques a su integridad sexual podía considerarse inminente", sostuvieron los camaristas.
Los magistrados explicaron que el Código Penal establece como delito la difusión de un hecho amparado por un secreto cuando es sin causa justa.
Para el tribunal, la violación de la confesión está justificada: "El inminente peligro que, en el momento en que se produjo tal revelación, podía advertirse para la integridad sexual de la menor damnificada, conduce a convalidar lo actuado, en tanto impide considerar, al menos en el estricto marco del planteo aquí tratado, que el conocimiento de los hechos por parte de la denunciante hubiera sido obtenido mediante un delito".
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