La Justicia explicó qué debe hacer el Estado con los autos secuestrados en causas por narcotráfico

Un fallo de la Cámara Federal arrojó un poco de luz sobre el tema

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La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal fijó las pautas con respecto al destino que se les dará a los automóviles secuestrados durante investigaciones sobre narcotráfico.

El caso comenzó con un allanamiento durante el cual fue secuestrado un Volkswagen Vento. El auto pertenece a José Luis Monge Berrocal, procesado por "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada con la intervención de tres o más personas organizadas, y acopio de armas de fuego, sus piezas y municiones". Su abogada pidió la restitución del vehículo, pero el juez de primera instancia, Sergio Torres, titular del Juzgado Federal 12, no hizo lugar. El defensor apeló esa decisión y el expediente llegó a la cámara. 

Lo primero que advirtieron los magistrados en su fallo es la naturaleza del delito en juego, vinculado al narcotráfico. Berrocal "sería proveedor de material ilícito y sustancias de corte", subrayaron los magistrados. Esto es clave, porque eventualmente -si el caso termina con una condena- el vehículo podría ser sujeto a decomiso.

No obstante, el tribunal integrado por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah reconoció "la necesidad de que el secuestro del rodado no repercuta desfavorablemente en su adecuada conservación y valor" lo que "torna procedente la adopción de medidas concretas sobre su destino provisorio".

La ley ofrece diferentes alternativas que, de acuerdo a la sentencia, "buscan ayudar en necesidades sociales y estatales". Frente a ello, el fallo concluyó que "el destino provisorio del bien tiene que ser definido por el instructor con arreglo a una evaluación de los factores en juego y de las posibilidades que asigna la reglamentación aplicable".

La sentencia incluye un desglose de esa normativa aplicable. En primer lugar, menciona la Ley 23.737, que regula el narcotráfico, y que ordena que los bienes decomisados se "destinarán a la lucha contra el tráfico ilegal de estupefacientes, su prevención y la rehabilitación de los afectados por el consumo".

Luego menciona dos normas que, en síntesis, disponen que el tribunal tendrá los bienes secuestrados bajo su custodia y que "determinará la repartición u organismo del Estado nacional al que serán entregados". En este punto hay que tener en cuenta dos resoluciones de la Corte Suprema, que en 1993 y 1994 establecieron que los bienes secuestrados sólo pueden ser destinados de manera provisoria a organismos del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo, incluidas las fuerzas de seguridad. Esto excluye, por ejemplo, a las ONG

Ante esto, el tribunal resolvió rechazar la apelación de la defensa de Berrocal, quien no podrá disponer de su vehículo. En todo caso, hasta que haya una sentencia, el destino del auto lo decidirá el juzgado de primera instancia, y el beneficiario será algún organismo oficial del Poder Judicial o Ejecutivo que intervenga en la lucha contra el narcotráfico, su prevención y la rehabilitación de adictos.