
El juez Sebastián Ercolini direccionó su investigación a las responsabilidades en el manejo de la obra pública y en su escrito señaló por qué procesó a la ex presidente Cristina Elisabet Kirchner y al grupo de ex funcionarios que la acompañó en su gestión.
Desde la gravedad institucional, el magistrado los acusa esencialmente de "violar" su deber de administradores y de "apoderarse ilegítimamente" de fondos asignados a la obra pública, hasta el último día de gestión del gobierno anterior, más allá de endilgarles haber conformado una "asociación" para cometer delitos".
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Estos son textualmente los párrafos más salientes del procesamiento:
Cristina Elisabet Kirchner y el resto de los procesados "habrían formado parte de una asociación, la que habría funcionado al menos, entre el 8 de mayo del año 2003 y el 9 de diciembre de 2015, destinada a cometer delitos, para apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de los fondos asignados a la obra pública vial, en principio, en la provincia de Santa Cruz".
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Además, "habrían perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que en función de las atribuciones otorgadas por la Constitución Nacional, leyes y decretos, respectivamente, se encontraban bajo la órbita de su responsabilidad, con el fin de procurar un lucro indebido propio o de terceros, como por ejemplo, el del empresario Lázaro Antonio Báez".
Para Ercolini, la ex mandataria "habría perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que estaban bajo la órbita de su responsabilidad, en función de su calidad de jefa de gobierno y responsable política de la administración general del país".
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Sin embargo, para el magistrado Cristina Elisabet Kirchner no fue la jefa de esa asociación ilícita. La puso a la par de Julio de Vido, José López, Lázaro Báez, el ex titular de la Dirección de Vialidad Nacional Nelson Periotti y el ex subsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner –primo de Néstor– como coautores del delito de asociación ilícita.
El juez sostuvo que en una asociación ilícita el delito se comete "necesariamente a través de la interacción" de sus miembros pero "cada uno toma parte en (realiza un aporte a) la actividad de la agrupación en forma individual y, en cierta medida, independiente".
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Para el juez, la asociación ilícita comenzó con la llegada de Néstor Kirchner al gobierno nacional y la creación en simultáneo por parte de Báez de "Austral Construcción", la empresa madre de su grupo. Sobre esa base, designó funcionarios en puestos claves de la obra pública nacional y de Santa Cruz para que Báez reciba obra pública vial. Cristina Kirchner continuó con ese esquema cuando asumió en 2007 la Presidencia.
El procesamiento de la ex presidente fue dictado sin prisión preventiva, por lo que continuará el curso de la causa en libertad. Además, el magistrado explicó que si bien los delitos por los que fue procesada tienen una escala penal alta –hasta 10 años la asociación ilícita–, no hay riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la causa por parte de la ex mandataria.
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