La Constitución echó a la jueza Figueroa

Los magistrados deberían ser los primeros en interpretar y aplicar estrictamente y de buena fe la carta magna

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La jueza Ana María Figueroa debió dejar la Cámara Federal de Casación Penal, luego de cumplir 75 años (NA)
La jueza Ana María Figueroa debió dejar la Cámara Federal de Casación Penal, luego de cumplir 75 años (NA)

La Corte Suprema restableció otra vez el imperio de la Constitución. Lo hizo al actuar rápidamente y determinar que la doctora Ana María Figueroa ya no era jueza desde que cumplió 75 años el pasado 9 de agosto. No la echó, como señalaron distintas fuentes. En todo caso, la que la echó fue la Constitución.

En efecto, la reforma constitucional de 1994 dispuso que los magistrados ya no serían vitalicios, sino que cumplirían su función hasta los 75 años. No obstante, podrían continuar por períodos de cinco años de contar con el acuerdo del Senado y un nuevo nombramiento del presidente. En el caso de la doctora Figueroa, tal acuerdo había sido solicitado, pero al 9 de agosto no había sido concedido. Por lo tanto, desde esa fecha ella ya no era jueza federal.

El texto del artículo 99, inciso 4 de la Constitución Nacional es al respecto muy claro. Siendo así, no hay nada más que interpretar. Las palabras de la Constitución o las leyes, ha dicho reiteradamente la Corte, son la primera y más importante fuente de interpretación de su sentido. Solo cuando este es oscuro, vago o ambiguo cabe acudir a otras fuentes que permitan clarificarlo.

Permitir que un juez siga en el cargo luego de cumplidos los 75 años mientras se espera el acuerdo del Senado podría tener el efecto, como lo ha señalado la Corte en su decisión sobre la doctora Figueroa, de prolongar indefinidamente sus funciones, contrariando de esa forma el propósito de la Constitución.

La Corte Suprema resolvió que se aplique el texto constitucional y la juez Figueroa dejó su cargo
La Corte Suprema resolvió que se aplique el texto constitucional y la juez Figueroa dejó su cargo

Por lo demás, los magistrados deberían ser los primeros en interpretar y aplicar estrictamente y de buena fe la Constitución. Dan un pésimo ejemplo cuando usan artimañas e interpretaciones torcidas para favorecer sus intereses personales (o los de algún sector político al que se subordinan). La doctora Figueroa era nada menos que la presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, un tribunal que, en la materia en que interviene, está inmediatamente debajo de la Corte Suprema. Por ende, debía esperarse de ella una conducta acorde a esa alta responsabilidad. Quedarse, pero sin firmar resoluciones, amagar con pedir licencia, etc., son actos impropios de su investidura, destinados a soslayar o demorar lo más posible el fiel cumplimiento de la Constitución. Pero, lamentablemente, no es algo que sorprenda. Ha sido una jueza militante, que sin fisuras obró siempre de manera de favorecer a Cristina Kirchner y a sus secuaces.

La Corte Suprema cumplió con su deber. Por eso mismo, como tampoco sorprende, desde el Ministerio de Justicia de la Nación salieron a vituperarla y a decir que había desconocido el Estado de Derecho, expresión que la neolengua kirchnerista emplea para caracterizar todo aquello que deseen Cristina Kirchner y el Instituto Patria. Como represalia, el gobierno anunció que no le giraría a la Corte los recursos que esta solicitó para pagar aumentos salariales justificados por la inflación.

La decisión del máximo tribunal es un paso en la dirección correcta. Es saludable, además, que haya sido adoptada por unanimidad. Representa, por otra parte, una nueva derrota del kirchnerismo, que ingresa en el ocaso político y se prepara para la “resistencia”. Esperemos que ese ocaso sea el preludio del avance de las ideas republicanas (entre las que la independencia judicial constituye un elemento esencial) y no de otras que, con diverso contenido, mantengan la continuidad por el desprecio de los frenos y contrapesos propios de una democracia constitucional.

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