Reforma tributaria: equidad, presión fiscal e inversión

Gerardo Desivo

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La ley 27260, sancionada en julio de 2016, impulsó la reforma tributaria a nivel nacional actualmente en estudio. Creó, en el ámbito del Poder Legislativo, una comisión bicameral que estará encargada de analizar las propuestas, orientadas a fortalecer la equidad de la presión tributaria, profundizar su progresividad, simplificar su estructura y su administración, fortalecer la coordinación federal y reducir los grados de incertidumbre del contribuyente.

Con este objetivo como punto de partida, surge en forma inexorable la necesidad de hacer una evaluación del contexto económico actual, considerando el déficit fiscal, la inflación y el nivel de presión tributaria. En ese marco, la presión tributaria actúa como una limitante para el incremento de la recaudación, excepto que se la busque mediante reducción de los niveles de evasión o mediante un incremento del nivel de actividad. Por otro lado, buscar un incremento en el nivel de actividad requeriría mayor inversión en infraestructura, con la consecuente demanda de incentivos.

Así planteado, el escenario se presenta con escaso margen para grandes cambios por el lado del nivel de imposición, tornando necesaria una evaluación más amplia, en relación con aquellas economías que mayor impacto e interrelación presentan con nuestro país a la hora de fomentar la inversión. Es así como podría apreciarse, por ejemplo, que el nivel de presión tributaria actual se presenta también elevado en relación con la de otros países.

Siguiendo esta línea de análisis, podría notarse que el impuesto a las ganancias aplicado a sociedades en Argentina posee una alícuota proporcional nominal del 35%, pero como tasa efectiva podría resultar más elevada aún según los casos, a causa de la inflación y su no reconocimiento en el cálculo de la base imponible. Desde esta perspectiva, podría decirse que se encuentra entre las más elevadas respecto a las tasas efectivas que se aplican a sociedades en los países de la OECD, grupo al que Argentina pretende incorporarse en un futuro.

Por otro lado, en materia de imposición sobre la renta de las personas humanas, donde el impuesto se calcula con base en una escala progresiva y la alícuota del impuesto crece a medida que aumenta el nivel de renta, es preciso tener en cuenta que aún seguiría siendo necesaria una actualización de los mínimos no imponibles, las cargas de familia y los tramos de escala como consecuencia de la inflación, a pesar del ajuste ya efectuado por la ley 27346 a fines de 2016. Ello como forma de acentuar la equidad del sistema tributario.

Si se analiza el fenómeno desde la óptica de la imposición a los consumos, más concretamente en el impuesto al valor agregado, la alícuota general vigente en Argentina del 21% también se encuentra cercana a los niveles más altos del grupo de países de la OECD, y por encima de la tasa que se aplica en Brasil, principal socio en el Mercosur, donde el tributo que se le asemeja, si bien se aplica en forma provincial, promedia el 17 por ciento.

Con este nivel de tasas de impuestos, la presión tributaria, medida en datos de 2016, se situó en el 31,95%, cercana a la de Brasil, en torno al 32%, y al promedio de los países de la OECD, en torno al 34%, pero más alta que el resto de los países de Latinoamérica, cuyo promedio se sitúa cercano al 22 por ciento. En sí, mejorar la equidad del sistema tributario requeriría mejorar la progresividad del impuesto a la renta y, junto con ello, reducir la incidencia de los impuestos a los consumos, como ser el IVA, ingresos brutos o internos. En esta parte, es preciso tener presente que los impuestos a los consumos, si bien son más fáciles de recaudar, tornan al sistema más regresivo al incidir mayormente en los sectores de la población de menores recursos.

Si se observa la incidencia de los distintos impuestos en la determinación del nivel de presión tributaria, vemos que actualmente se verifica una marcada participación de los impuestos a los consumos dentro de la presión tributaria total, incluyendo el impuesto provincial sobre los ingresos brutos y sus efectos distorsivos. En suma, el nivel de imposición a los consumos debería ser otro ítem a revisar en pos de dotar al sistema de mayor equidad. Ello requeriría también revisar los mecanismos de coordinación tributaria con las provincias, particularmente en lo que hace al impuesto sobre los ingresos brutos y sus efectos distorsivos.

Respecto a reducir los niveles de evasión, sin duda mejorar los sistemas de control y tender a su simplificación sería la pauta a seguir. En este sentido, son evidentes los esfuerzos de la autoridad fiscal por ampliar la base de recaudación, con el amplio régimen de blanqueo y moratoria que se implementó, así como también el énfasis en mejorar los controles, generalizando la emisión de factura electrónica, la utilización de medios electrónicos de pago y acentuando los controles sobre el régimen simplificado del monotributo.

Con este panorama, cobran relevancia las medidas que alienten la inversión, y aquí cabría revisar el nivel de imposición sobre las empresas, además del reconocimiento del efecto de la inflación sobre los balances y en el cálculo de la base imponible en el impuesto a las ganancias. En este sentido, el proyecto actualmente en estudio sobre revalúo impositivo y contable sería un punto de partida.

Pero yendo más allá de lo que sería la corrección de distorsiones, en materia de impulso a la inversión y al desarrollo, es importante recordar que una adecuada política de incentivos fiscales a la inversión facilitaría el desarrollo de la infraestructura necesaria, e impulsaría el crecimiento del nivel de actividad. Las recientes licitaciones en materia de generación de energía sobre fuentes renovables comienzan a dar cuenta de ello, así como otras herramientas recientemente reguladas, por ejemplo, el régimen de beneficios impositivos para pequeñas y medianas empresas.

En suma, estarían en esta senda las expresiones de las autoridades nacionales en materia de reforma impositiva, dando la idea de que sería gradual, cuidando el equilibrio presupuestario, y orientándose hacia la revisión de las elevadas alícuotas en el IVA y en el impuesto a las ganancias de las empresas, un mayor equilibrio entre imposición a la renta e imposición a los consumos, y revisión de impuestos distorsivos como ingresos brutos y el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios.

El autor es gerente senior de Tax & Legal KPMG Argentina.