El Poder Ejecutivo resolvió enviar un proyecto de reforma del impuesto a las ganancias, con efectos a partir de 2017. Una reforma destinada a aliviar parcialmente la carga impositiva que afecta los trabajadores con ingresos medios, tanto autónomos como en relación de dependencia.
Por primera vez en 17 años se decidió modificar la tabla de alícuotas progresivas. La inflación acumulada de 1.500% había sido insuficiente para considerar alguna reforma antes. El proyecto prevé una adecuación en la tabla progresiva de alícuotas. Tiende a mejorar la situación de los trabajadores en relación de dependencia cuyo rango de ingresos oscila entre 30 mil y 70 mil pesos mensuales, con una reducción de hasta el 50% respecto de 2016.
Veamos algunos datos objetivos. Comparamos el impuesto a las ganancias determinado con tres tablas posibles. En primer lugar, la tabla vigente, en segundo lugar, la tabla propuesta en el proyecto oficial y, por último, la tabla "verdadera", que surge de aplicar la tabla vigente en 1999 y actualizarla por el incremento en el costo de vida.

Para un sueldo bruto de 30 mil pesos, en la actualidad se requieren nueve días de trabajo. El proyecto oficial lo reduce a tres, y la tabla ajustada por inflación daría cinco días de trabajo. Este es el nivel de ingresos a partir del cual el impuesto a las ganancias comienza a afectar de manera relevante.
En el caso de un salario bruto mensual de 50 mil pesos, se requieren casi dos meses de trabajo para pagar el impuesto, mientras con el proyecto oficial el impuesto se reduce a casi la mitad. Con la tabla ajustada por inflación, el impuesto se hubiera abonado en 21 días.
Para un nivel algo mayor, 100 mil pesos mensuales, se requieren 96 días de trabajo para satisfacer el impuesto a las ganancias (del 1 de enero al 7 de abril se trabaja sólo para pagar ganancias). El proyecto oficial disminuye a 81, pero históricamente el impuesto se hubiera pagado en 52 días.
Un dato importante es el ingreso a partir del cual se comienza a tributar la tasa máxima del 35%, que se elevó de 31 mil a 54 mil pesos para un trabajador con dos hijos a cargo.
Se propone eliminar la deducción por esposa, padres y abuelos a cargo del trabajador.
Afortunadamente, el proyecto oficial no contiene una suba en la tasa máxima; se llegó a hablar de una alícuota máxima de 45% para ingresos altos, que hubiera sido una medida que afecta mucho a muy pocas personas, y que podría dar lugar a un efecto emigratorio del estilo Gérard Depardieu.
Lamentablemente, no se ha aprovechado el momento para corregir otras distorsiones muy significativas, tales como la discriminación en contra del trabajador autónomo, que computa una deducción especial equivalente a la cuarta parte del trabajador en relación de dependencia.
Hubiera sido oportuno actualizar otros gastos con tope de deducibilidad, tales como seguro de vida, gastos de automóviles y honorarios a directores.
Si bien el proyecto ha omitido considerar numerosos aspectos de la ley que deberían corregirse frente al impacto que provocó la inflación acumulada de los últimos quince años, es valioso que luego de tantos años se haya decidido ajustar la tabla de liquidación, para aliviar al menos parcialmente la situación de la clase media. Es valioso que se haya desechado compensar bajas de impuestos con subas irracionales en los tramos altos de escala. En definitiva, creo que es un buen primer paso en el camino de recuperar la progresividad histórica de este impuesto.
El autor es contador público, La Vista Casal.
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