El pasado martes, la Cámara de Diputados de la Nación sancionó finalmente la ley de acceso a la información pública, que brinda a la ciudadanía un instrumento para promover la participación ciudadana y la transparencia en el accionar estatal.
Desde la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) celebramos esta noticia, pues bregamos desde hace más de diez años por este derecho ciudadano, promoviendo acciones y litigando para acceder a la información pública. Años atrás y sin la flamante ley con la que ahora contamos, nuestra organización, basándose en argumentos constitucionales y tratados internacionales, logró que la Corte Suprema de Justicia obligara a organismos estatales a brindar información sobre su accionar. Para eso, debimos recorrer un largo camino en la Justicia, ya que la sanción de un decreto por el ex presidente Néstor Kirchner no bastaba para regular adecuadamente ese derecho. Es más, en algunos aspectos del decreto se podían invocar artículos que limitaban su ejercicio.
¿Por qué decimos que es un derecho para la gente? Porque esta ley, surgida de un amplio y participativo proceso en el Congreso de la Nación, representa una ampliación de derechos, en tanto todo ciudadano puede controlar cómo se gasta el dinero que aporta con sus impuestos, cómo se decide a qué obras se da prioridad, cómo se distribuye el dinero entre la nación, las provincias y los municipios… En definitiva, señala cuánta honestidad hay en el uso de nuestra plata y cuánto se cumple con el federalismo del que nos enorgullecemos, pero que no practicamos.
El cuerpo de la ley da precisiones, fija sus alcances y sus procedimientos, marca las limitaciones y señala a los organismos que deben brindar información. El ciudadano no necesita identificarse ni fundamentar su pedido. Pide información porque es su derecho recibirla y conocer todo aquello cuanto acontece en el marco del Estado, pues se presume información pública en el sentido más amplio.
Hay pocas excepciones a esta regla, que, en honor a la brevedad, clasificamos en, por un lado, aquellos pedidos que puedan atentar contra la privacidad o la seguridad de los ciudadanos y, por el otro, aquellos que puedan afectar el normal funcionamiento del sistema de seguridad nacional, del sistema financiero, de los secretos industriales, o de la privacidad necesaria para proseguir con investigaciones judiciales. Pero, en todos los casos, cuando el organismo en cuestión se niega a brindar información amparado en alguna de esas causales, esta decisión debe ser debidamente fundada. ¿Por qué YPF debió brindar la información sobre su contrato con Chevron? Porque la Corte entendió —y pensemos que aún no teníamos esta ley— que la empresa no había fundado adecuadamente su negativa a brindarla.
Cada persona que vive en nuestro país debe conocer esta ley. Con ella, se otorgó un derecho, pero también una obligación para cada uno de nosotros. No buscamos con este breve artículo hacer un análisis de la ley. Es otro nuestro objetivo. No lo escribimos para reinstalar un debate jurídico que se ha dado durante casi 15 años. La Asociación por los Derechos Civiles intenta proteger el derecho constitucional de cada argentino a vivir en una sociedad honesta, donde los gobernantes rindan cuentas de cada uno de sus actos, donde cualquier limitación a la libertad tenga un sustento legal. El acceso a la información que esta ley regula es un enorme paso hacia el logro de esos objetivos.
Finalmente, destaquemos el debate legislativo dado con profundidad y abierto a la sociedad civil. También aquí se ha dado un gran paso como sociedad democrática y republicana.
El autor es director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
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