
Con el anuncio del resultado del ajuste semestral de 12,65% en los haberes de los jubilados y pensionados, y de todos los beneficios sociales afectados, como la Asignación Universal por Hijo y las Asignaciones Familiares, a partir de marzo, el director ejecutivo de la Anses, Emilio Basavilbaso anticipó el detalle de la Resolución que se prevé publicar en el Boletín Oficial, que cambia mínimamente el método de cálculo de cada semestre.
Los dos cambios que darán más precisión a cada aumento
1. Aplicación a un semestre de la variación anual de los recursos tributarios (semestres idénticos de años consecutivos)
Hasta ahora la Anses tomaba la variación anual de los recursos tributarios por beneficio y se lo semestralizaba dividiendo por dos (simple). Así, si en el último año la variación de ese componente de la fórmula polinómica fue del 20%, se dividía en 10% para el primer tramo y otro 10% para el segundo, con lo que surgía un incremento final superior: 21%, un 1% más, por el efecto acumulativo.
De ahí que ahora se optó por "semestralizar" el cálculo de la variación anual de los recursos tributarios por beneficio, porque los incrementos posteriores se aplican de modo acumulativo, esto es sobre el haber ajustado, no sobre el original que había hasta febrero. De ahí que en el caso del ejemplo de una variación anual del 20% anual, el equivalente semestral se reduce de 10% en el promedio simple a 9,5%, de modo que con el próximo aumento de 9,5% se obtiene el 20% que era el punto de partida.
"Se modificó porque con la metodología actual se reproduce más fielmente la variación que hubo en el año. Tengamos en cuenta para simplificar que si una persona recibe un aumento de sueldo del 10% dos veces al año, no se trata de un 20% sino de un 21% y éste es el efecto que se busca optimizar", explicaron los técnicos de la Anses.
2. El segundo cambio en la reglamentación en la forma de determinación del incremento semestral se vincula con el tope "b" (recursos totales de la Anses por beneficio). Hasta ahora se aplicaba sólo en cada septiembre, pero desde ahora regirá cada vez que se calcula la movilidad mejorando la sustentabilidad del sistema.
"Se modificó porque antes todo el efecto de la variación de recursos por beneficio que busca dar sustentabilidad a la fórmula tenía lugar en septiembre, en cambio ahora, el nuevo criterio mejora la sustentabilidad en cada período en análisis", porque el tope de aumento de la movilidad jubilatoria no podrá superar a la variación de los recursos que perciba el organismo de los aportantes activos, más un tres por ciento.
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Un beneficio que se proyecta creciente a futuro
De este modo, se transformará en una mejora real para los jubilados, pensionados y todas las asignaciones familiares vinculadas con la movilidad jubilatoria, cuando los recursos de la Anses se eleven más que la variación promedio del índice de salarios del Indec y del índice determinado por el Sistema Integral Previsional Argentino; y se retrasarán cuando ocurra la situación inversa.
En una economía con un índice de trabajo informal que representa un tercio de los trabajadores en relación de dependencia, y que sube a más del 40% si se agregan los trabajadores autónomos, se estima que la política que sigue el Gobierno de cerrar las vías de evasión e incentivar la formalización con una reforma laboral y tributaria en estudio –en paralelo con la proyección de reactivación de la economía en su conjunto y del empleo registrado- se constituirá con el nuevo método en un claro beneficio para los jubilados y pensionados, porque los ingresos de la Anses tenderán a crecer más que el promedio de los salarios y el cobro de impuestos.
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