
A partir de ahora el paisaje en los aeropuertos internacionales del país será distinto. La AFIP estableció un nuevo procedimiento de atención al pasajero, destinado a agilizar los trámites aduaneros necesarios para el ingreso al país, que comenzará a aplicarse a partir de este viernes en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza.
Los llamados "semáforos" se habían establecido para los trámites aduaneros en 1994 y estuvieron vigentes hasta mayo de 2010, cuando el entonces titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, decidió modificar la reglamentación con el argumento de que la luz verde permitía eludir de forma discrecional el control de los equipajes que ingresaban al país.
El nuevo procedimiento comienza luego de que el pasajero haya retirado el equipaje de la cinta y consiste en lo siguiente:
1) El pasajero completará la Declaración de Aduanas indicando si tiene o no bienes adquiridos en el exterior, y si éstos exceden o no la franquicia. El formulario será provisto al pasajero por la línea área antes del arribo y se completará uno solo por grupo familiar. También pueden obtenerlo en el punto de control aduanero.
2) Luego los pasajeros deberán dirigirse, de acuerdo a lo declarado, a las vías identificadas como "No tiene para declarar" o "Tiene para declarar":

A) En caso de elegir "No tiene para declarar", el pasajero presionará un botón (semáforo) que podrá tener dos resultados. Con luz verde el pasajero entrega la declaración jurada y se retira sin más trámite. Con luz roja, su equipaje será revisado selectivamente y de forma no intrusiva (escáner), para verificar la coincidencia del equipaje con lo declarado en el formulario.
B) De optar por la vía "Tiene para declarar", el servicio aduanero realizará la comprobación del equipaje en relación con lo declarado y cobrará el derecho correspondiente. De no existir diferencias el pasajero podrá concluir el trámite en pocos minutos.
C) Es muy importante aclarar que la Aduana se reserva, independientemente del semáforo, la potestad de revisar libremente tanto al pasajero como su equipaje, en función de un análisis de riesgo que surja de lo visualizado en el escáner o ante cualquier sospecha.
Además, en caso de que la Aduana detecte mercaderías u objetos no declarados o no permitidos, y hubiera correspondido pagar un derecho, podrá secuestrarla y labrará el acta de infracción correspondiente.
Asimismo, las tripulaciones y cuerpo diplomático continuarán realizando el trámite del modo habitual.
La AFIP recordó que el monto de la franquicia se define de acuerdo a parámetros internacionales y actualmente para el caso de arribo a través de líneas áreas, asciende a USD 300 por pasajero mayor de edad y USD 150 por cada menor de 16 años, por mes.
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