
Con el cierre del primer mes del año, los salarios comienzan a llegar a las cuentas -y bolsillos- de los trabajadores en relación de dependencia. Y el salario de enero reflejará un cambio: los recibos de sueldo incluirán las modificaciones del impuesto a las Ganancias que se aprobó a fines de 2016.
La ley tuvo sus ideas y vueltas y finalmente el Gobierno acordó con la oposición en el Congreso para cambiar el mínimo no imponible, las escalas y las alícuotas. Ahora, Infobae realiza en esta nota un repaso de las claves para leer el recibo de sueldo y verificar los cambios:
• El mínimo no imponible (MNI) es el piso mensual a partir del cual se empieza a pagar el gravamen. Desde enero -que se cobra a fines de ese mes o en los primeros días de febrero-, los solteros que cobren por debajo de los $27.941 brutos ($23.192 de bolsillo) no pagan el gravamen. Los que cobran arriba de ese nivel, sí ya empiezan a pagar.
Para casados con dos hijos, el MNI se ubica en $37.000 brutos ($30.710 netos) y en el caso de los jubilados, se elevó a $33.966 brutos mensuales. Este MNI significa un incremento de entre 22,8% y casi 40% respecto de los umbrales que regían hasta diciembre del año pasado.
• Luego del MNI, se aplican las escalas, que se presentan como los tramos que definen cuánto corresponde pagar de suma fija de acuerdo a las ganancias del trabajador. La alícuota es el porcentaje que hay que pagar sobre el excedente entre el mínimo no imponible y la ganancia real. Ese porcentaje que antes arrancaba en el 9% ahora va del 5 al 35%, con lo cual se empieza de un escalón más bajo.
• Es importante tener en cuenta que hay un cambio en las cargas de familia. Si bien se mantiene vigente la deducción por cónyuge, los hijos e hijastros se pueden descontar si son menores de 18 años (antes regía hasta los 24). Esto es importante a la hora de presentar las deducciones al empleador, que funciona como el agente de retención de este impuesto.
• Alquileres se transformó en la nueva deducción. Se puede descontar el 40% de las sumas que paga el contribuyente en concepto de alquileres de inmuebles para vivir, aunque con un tope mensual que se estableció en los 4.330 pesos. Para poder presentar esta deducción, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) exigirá un comprobante que demuestre la operación entre el propietario y el inquilino.
Para la Asociación de Inquilinos Agrupados, que preside Gervasio Muñoz, esto implicará una necesidad de formalizar el mercado de alquileres, porque el trabajador necesitará un recibo en blanco para justificar la deducción que está presentando. En la práctica, todavía está por verse cómo se va a resolver.
• Los cambios en Ganancias traerán beneficios distintos según el nivel salarial de cada empleado: algunos directamente pasarán a no pagar el tributo y otros pagarán menos. Sin embargo, habrá que sacar la calculadora y hacer nuevos números después del cierre de paritarias o actualización salarial que le corresponda a cada uno. Es que el RIPTE, el índice que se usará para actualizar de forma automática las escalas recién se empezará a aplicar en 2018.
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