Después de 10 años la AFIP subió el anticipo de Ganancias por la venta de semillas para consumo

Por Resolución General 3939 el ente recaudador aumenó la retención aplicable a la comercialización de toda semilla que no se destine a siembra

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La Administración Federal de Ingresos
La Administración Federal de Ingresos Públicos aumentó la presión tributaria al sector agrícola (Télam)

La decisión de la AFIP de elevar el cobro anticipado a la venta de todo tipo de semillas que no se destine a la siembra, sea de cereales y oleaginosas, como de legumbres secas -poroto, arvejas y lentejas-, se fundamentó en la necesidad de actualizar los valores "a efectos que éstos mantengan el carácter de parámetro objetivo representativo de los distintos conceptos sujetos a retención".

Se trata de la adecuación de valores que no se movían desde el 30 de agosto de 2006, pese a que en los últimos 10 años se asistió a un proceso singular de la apreciación del valor de las materias primas de origen agropecuario y la inflación en el mercado interno fue del 900%, es decir los precios promedio de la economía se multiplicaron por diez.

La suba es del 733%, y en monto de $88.000, para la "retención del Impuesto a las Ganancias, aplicable a cada uno de los importes correspondientes al pago de las operaciones de venta de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-, así como -en su caso- sus ajustes, intereses, actualizaciones y otros conceptos, consignados en la factura o documento equivalente".

En el caso de "las comisiones u otras retribuciones derivadas de la actividad de de corredores, consignatarios, acopiadores-consignatarios y demás intermediarios, inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y se encuentren incluidos en el 'Registro´, la suba de la retención es del 50%, esto es de 2.500 pesos.

Mientras que para las operaciones de bajo monto, la retención del impuesto pasa de $50 y $20 para los contratos a futuros de pequeñas transacciones, a $225 y $90, respectivamente, significan incrementos de 350% en ambos casos.

La medida rige desde hoy en que se publicó la Resolución General 3939 en el Boletín Oficial.