
Luego del adelanto que Infobae publicó este lunes, el Tribunal de Disciplina de la AFA, con la firma de todos sus miembros –Fernando Mitjans, Jorge Ballestero, Adolfo Botte, Eduardo Bozzi, Jorge Gallelli y Luis Parietti–, dio a conocer un fallo que será histórico por varias razones. Principalmente, porque se hacen depositarios del mismo la FIFA y la titular del Juzgado N° 1, la doctora María Romilda Servini, al tiempo que a los efectos que correspondiere se le da conocimiento a la Conmebol.
Antes de brindar este fallo con conclusión unánime de manera textual tal y como fuera despachado en las últimas horas, vale la pena reflexionar respecto de la ecuanimidad de este cuerpo que ha conservado su independencia de opinión y de subordinación a cualquier otro estamento de las autoridades actualmente intervinientes en la Asociación del Fútbol Argentino.
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En la AFA, diferentes personas destacaron que la sentencia surgió cuando la máxima autoridad de este tribunal, Fernando Mitjans, volvió a Buenos Aires luego de reunirse con importantes funcionarios de la FIFA. Cabe destacar que Mitjans es el único latinoamericano con peso real en la máxima autoridad del fútbol mundial.
Se advierte en el Considerando III que el Tribunal hace hincapié en "respetar y hacer respetar los Estatutos, reglamentos, directrices y decisiones de la FIFA, también de la Confederación Sudamericana y de la propia AFA" a fin de evitar cualquier violación y garantizar que sean respetados todos sus miembros.
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Ante eso, el Tribunal sostiene "que más allá de las conocidas vicisitudes históricas que ha padecido esta entrañable institución los momentos que corren exigen recordar que ni el espíritu que impregna al ordenamiento de la AFA ni el de la FIFA permiten que un órgano ejecutivo se alce, aun en situaciones excepcionales, con la totalidad del poder institucional, a fin de adoptar a su libre arbitrio las medidas que desee".
Nada más acertado para sostenerlo que un pasaje en el que el Tribunal dice: "Ubi societas, ibi ius (donde hay sociedad, hay Derecho), y ello se supone desde la misma".

Esta afirmación refleja que ejercer el poder no es disponer de él, tal como está ocurriendo en la actualidad en AFA. El fallo recomienda al Comité que cumpla de manera práctica el objetivo trazado "sin extralimitarse en sus funciones".
Por todo esto, vale la pena detenerse a valorar el exhaustivo trabajo de los miembros de este Tribunal presidido por Fernando Mitjans, quienes se han tomado la histórica labor de investigar, hacer lugar a miembros de la Asamblea y dirigentes de todas las categorías, reabrir pruebas y realizar exhortos durante más de 2 meses, para producir la siguiente resolución luego de 12 carillas de argumentación.

Quedará claro para la FIFA, la Conmebol, la jueza María Romilda Servini y para todos los dirigentes del fútbol argentino, que el Tribunal indica inequívocamente el único camino posible a seguir que es el de la legalidad en el funcionamiento de la Asociación del Fútbol Argentino. Así como de la especificidad para los miembros del Comité de Regularización respecto de los tres puntos que son el objeto de su perentoria función: administrar según los límites que le impuso la FIFA, rediseñar los Estatutos y llamar a elecciones sin ejercer poder para ninguna otra decisión que extralimite las facultades concebidas.
El fallo que marca límites al Comité Regularizador se conoce en medio de un contexto crítico para la conducción de AFA, luego de que -esta semana- clubes de Primera cuestionaron duramente al presidente Armando Pérez por una quita en el dinero de los derechos de televisión. Por otro lado, este martes, los integrantes de la B Nacional realizaron el primer paso para comenzar el camino rumbo al llamado de elecciones en AFA. Los clubes de la segunda categoría enviaron un pedido a diferentes organismos exigiendo la celebración de una Asamblea.
Como había anticipado Infobae este lunes, ofrecemos a continuación el fallo publicado en el Boletín Oficial 5248 del Tribunal de Disciplina de la AFA.
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