La Abogacía advierte de que la apropiación injustificada de fondos del cliente vulnera los deberes deontológicos
El Consejo General de la Abogacía Española aclara que apropiarse o retener recursos de clientes sin justificación ni autorización constituye una infracción grave, sancionable con la suspensión o la expulsión del Colegio profesional en los casos más severos