El cirujano bautizado como el “Lotocki entrerriano” es juzgado por otra muerte de una paciente en una clínica trucha

Se trata de Daniel Ojeda, condenado e inhabilitado para ejercer la medicina por el homicidio de una mujer y las lesiones a otras dos en Concordia. Instalado en Buenos Aires, siguió con sus prácticas y hubo otra víctima. Está preso en el penal de Ezeiza

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El cirujano Daniel Ojeda, condenado en Entre Ríos por la muerte de una paciente. (Mercurio Noticias)
El cirujano Daniel Ojeda, condenado en Entre Ríos por la muerte de una paciente. (Mercurio Noticias)

El primer caso, el que encendió la alarma, ocurrió en 2019 en la ciudad de Concordia, Entre Ríos. La uruguaya Iris Amaro (45) falleció dos días después de someterse a una liposucción con el cirujano Daniel Ojeda (60) en una clínica que no era apta. Otras dos mujeres lo denunciaron también y así llegó a juicio. En marzo pasado, se confirmó la pena de 8 años de prisión y 16 de inhabilitación para el ejercicio de la medicina por homicidio imprudente y un amplio abanico de lesiones. Nada lo detuvo.

Antes de que le confirmaran la condena, Ojeda se mudó a Buenos Aires, escapando de la inhabilitación entrerriana, y en un departamento porteño de la avenida Álvarez Jonte abrió otra clínica clandestina en la que ofrecía servicios de estética-plástica.

El 3 de junio de 2022, Débhora Campos Gonzáles murió tras someterse a una liposucción, según la investigación que llevó adelante el fiscal Marcelo Retes, a cargo de la Fiscalía Criminal y Correccional N°23, contra Ojeda, preso en el Complejo Penitenciario Federal N°1 de Ezeiza.

El caso contra el cirujano apodado el “Lotocki entrerriano”, por las similitudes de sus actos con los de Aníbal Lotocki, fue elevado a juicio por el delito de homicidio simple con dolo eventual en concurso ideal con el delito de desobediencia y ya se lleva adelante ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°1.

Según la autopsia, la muerte de Campos Gonzáles pudo “deberse a dos posibilidades: por un lado, un uso indebido de drogas anestésicas inyectadas, o a consecuencia del dolor que habría sufrido producto de anestesia mal proporcionada o combinada, durante el procedimiento llevado a cabo”, reza parte del plexo probatorio en contra del ex médico al que accedió este medio.

Ojeda le habría practicado a la víctima una cirugía estética coincidente con una liposucción “a nivel umbilical, una práctica no finalizada a nivel dorsal y habría programado una práctica también en la región de los glúteos”. Eso le produjo, siempre según la causa, “una descompensación hemodinámica... que al no poder ser revertido fue seguido de muerte”.

También se destacó en la autopsia que los forenses hallaron tres “punturas vitales en región paraesternal izquierda, similar a lo observado en punturas para lograr inyección intracardíaca”. Las lesiones atravesaron la parrilla costal, la pleura y el pulmón izquierdo, provocando enfisema, que no tuvo “idoneidad para causar la muerte”, pero se dejó en claro que se buscó acceder al corazón y “no se logró”.

Por lo que se consideró que “el imputado, en este caso, o no utilizó el instrumental adecuado o bien careció de pericia para utilizarlo”, pero tampoco pidió una ambulancia del SAME y no hubo indicios de que la víctima haya sido intubada, algo que, quizá “podría haber mejorado su situación”, sostuvo el fiscal en su elevación a juicio.

Para la Justicia, Ojeda operó sin “el acompañamiento de profesionales médicos” que se requieren para casos de este estilo, “como mínimo, un anestesiólogo”. Pero, además, el departamento en el que se hizo la cirugía no estaba habilitado como clínica, sino que era para habitar como vivienda “sin poseer las instalaciones sanitarias correspondientes, hallándose en el lugar elementos de quirófano oxidados y defectuosos”.

Allí se encontró un desfibrilador y un electro bisturí que “no poseen antecedentes de habilitación ni registro ante la ANMAT” y, además, le atribuyeron que “no proporcionó la información correspondiente” a la víctima: no le hizo firmar los formularios de consentimiento.

Pero, sobre todo, Ojeda, según la acusación, violó la prohibición que tenía desde el 15 de enero de 2021 por la causa de Concordia por la muerte de Amaro y por la cual estaba inhabilitado para ejercer la profesión.

Para el fiscal, Ojeda, “representándose y previendo cabalmente el eventual resultado de muerte, a sabiendas de las condiciones generales en que llevaría a cabo la práctica quirúrgica investigada, la falta de pericia y conocimiento en la materia, la inhabilitación para su ejercicio; programó, inició y continuó la misma sobre el cuerpo de la víctima, conformándose con la posible producción del resultado fatal, no adoptando tampoco conducta alguna demostrativa de voluntad de evitar el mismo”.

Por eso, ahora está en el banquillo de los acusados.

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