Agregar Infobae enGoogle

La Justicia de Río Negro rechazó un planteo mapuche que intentó declarar la inconstitucionalidad de la consulta previa

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro le dio la razón a la Provincia y rechazó por falta de legitimación activa la demanda de la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche contra la ley de consulta previa indígena. El fallo, unánime, no se pronunció sobre el fondo de la cuestión

El fallo del STJ de Río Negro no analizó la constitucionalidad de la Ley 5755 y resolvió solo que no había habilitación para litigar por esa vía

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa planteada por la Provincia contra la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche de Río Negro, que había demandado la inconstitucionalidad de la Ley 5755 y su decreto reglamentario, la norma que regula el procedimiento de consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas.

La sentencia, rubricada esta semana, fue firmada sin disidencias por los jueces María Cecilia Criado, Sergio Ceci, Sergio Barotto, Liliana Piccinini y Ricardo Apcarian.

PUBLICIDAD

El fallo no analizó si la ley es o no constitucional. El Tribunal resolvió exclusivamente que la organización demandante no estaba habilitada para litigar por esta vía, al no haber acreditado un perjuicio concreto derivado de la norma.

La causa se había iniciado el 26 de diciembre de 2025, cuando Carlos Hugo Aranea y Mirta Graciela Ñancunao, en su carácter de werken (voceros) de la Coordinadora, presentaron la acción contra el Gobierno de Río Negro. Sostuvieron que la Ley 5755 y el Decreto 226/25 habían sido dictados sin la participación adecuada de las comunidades indígenas, en contradicción con el Convenio 169 de la OIT, la Constitución Nacional y la Constitución provincial.

La Fiscalía de Estado, representada por Luciano Minetti Kern e Ignacio Racca, contestó la demanda en mayo y opuso la excepción de falta de legitimación activa: argumentó que no existía “caso, controversia ni derecho concreto” afectado por la sola sanción de la ley, ya que no se había identificado ningún proyecto o medida estatal puntual que impactara sobre alguna comunidad.

PUBLICIDAD

El STJ de Río Negro hizo lugar a la falta de legitimación activa y rechazó la demanda de la Coordinadora del Parlamento Mapuche Tehuelche contra la Ley 5755. REUTERS/Juan Gonzalez

Un dato que agrega tensión al desenlace: la Procuración General había dictaminado en sentido contrario. Su titular subrogante, Fabricio Brogna López, había opinado que correspondía rechazar la excepción provincial y dejar que el proceso avanzara. El STJ no siguió ese criterio.

El argumento

El fallo se apoya en dos argumentos centrales. El primero es la falta de un “caso concreto”: según la doctrina que el propio STJ una acción de inconstitucionalidad no puede plantearse en abstracto. Quien demanda debe mostrar que sufrió, o va a sufrir de manera inminente, un daño real y directo —no una mera posibilidad—.

Quien demanda debe mostrar que sufrió, o va a sufrir de manera inminente, un daño real y directo —no una mera posibilidad—.

Los jueces remarcaron que la Ley 5755 es una norma de carácter instrumental: no dispone nada por sí misma sobre territorios o recursos naturales, sino que fija un procedimiento que recién se activa cuando el Estado impulsa una medida concreta que pueda afectar a una comunidad. Mientras no exista esa medida puntual, sostuvo el Tribunal, cualquier cuestionamiento a la ley es prematuro.

El segundo argumento, más específico, tiene que ver con el tipo de acción elegido. La Coordinadora había invocado el precedente "Halabi" de la Corte Suprema —que amplió la legitimación para reclamar por derechos de incidencia colectiva— para sostener que estaba habilitada a actuar en representación de las comunidades. El STJ rechazó esa lectura: explicó que, al haberse planteado una acción de inconstitucionalidad y no un proceso colectivo, no corresponde aplicar el criterio amplio de legitimación propio de las causas colectivas.

El Tribunal ya había aplicado el mismo criterio meses antes en esta causa, cuando excluyó por el mismo motivo a la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas, que litigaba junto a la Coordinadora.

Los jueces añadieron que la personería de la Coordinadora como organización representativa del pueblo mapuche-tehuelche no está en discusión, pero que esa representativida

PUBLICIDAD

Más Noticias

Durante la visita a la Argentina, León XIV expondrá su mirada sobre la pobreza, el desarrollo y la educación, que cuestiona los planes de ajuste

El Papa rendirá tributo al legado de Francisco e insistirá con su propósito pastoral de levantar puentes entre bloques políticos distintos, en un momento de tensión social por la crisis económica

Milei y Brasil: política exterior sectaria, tensiones internas y despiste regional

El Gobierno actúa como si se tratara de ajustar cuentas políticas personales con Lula da Silva. Del mismo modo es expuesto el escape de Flávio Bolsonaro. Bullrich y aliados mostraron juego propio. Y fue notable la diferencia con la mayoría de los presidentes de derecha en la región

Las diferencias del Gobierno con los aliados en Diputados demoran las negociaciones por el Presupuesto 2027

El oficialismo tuvo que ajustar su cronograma y ahora espera lograr la media sanción el 25 de noviembre. Los bloques dialoguistas aseguran que “todo está muy verde” y reclaman respuestas concretas a sus reclamos

El PJ rumbo al 2027: la reunión de un sector con intendentes, la fecha clave de Uñac y una interna en suspenso

El peronismo se mueve con mayor velocidad para ordenar el proceso electoral. Diferencias en la CGT por la cumbre en la Casa de La Pampa. La estrategia para defender las PASO

Milei visita Neuquén para inaugurar una iglesia evangélica: tensiones internas y señales de cara a las elecciones 2027

La referente libertaria en la provincia, Nadia Márquez, busca competir el año que viene contra uno de los principales gobernadores aliados a la Casa Rosada. El conflicto en el Senado