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El Gobierno aprobó un nuevo aumento en las prestaciones básicas para personas con discapacidad

Luego de que se conociera el dato de la inflación de mayo, las autoridades plantearon la necesidad de actualizar el total de fondos distribuidos

El aumento fue considerado producto de la variación que se reflejó en el IPC de mayo (Imagen Ilustrativa Infobae)

Esta madrugada, el Gobierno resolvió una actualización de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad. Estos comenzarán a regir a partir de junio y, al mismo tiempo, se aplicará una suba diferencia para la zona patagónica.

Por medio de la publicación de la Resolución N° 1297/2026 en el Boletín Oficial, el secretario nacional de Discapacidad, Alejandro Vilches, dispuso un incremento del 2,10% para todos los tipos de prestaciones. Asimismo, comunicaron que la medida fue adoptada tras evaluar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes de mayo de 2026.

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En línea con esto, reconocieron un adicional del 20% sobre el arancel básico para las prestaciones que se brinden en las provincias de la zona patagónica. Este plus se aplicará exclusivamente por tratarse de una zona considerada desfavorable, lo que buscará equiparar los costos de prestación en regiones con condiciones geográficas y logísticas complejas.

Así, el valor por un centro de día para una jornada doble pasará de $1.037.014,61 a $1.058.791,92 y de $551.687,35 a $563.272,78 por una jornada simple. Mientras que por un centro educativo terapéutico los costos ascenderán a $1.189.351,59 por una jornada doble y a $649.532,62 por una jornada simple.

De la misma manera, desde junio las terapias de estimulación temprana tendrán una cobertura de $399.052,42, una rehabilitación de tipo módulo integral intensivo costará $173.795,66 y una que incluya hospitalización de día por jornada simple $624.939,96. Además, se destinará $865,07 por cada km de transporte recorrido y $4.740,29 en concepto de alimentación.

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La actualización de los costos se dio en un contexto donde los beneficiarios y sus familias mantienen un reclamo por la falta de aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad que fue aprobada por el Congreso de la Nación el año pasado.

A pesar de esto, a mediados de abril, el Gobierno envió un proyecto de ley titulado “Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez”, que propone modificar de manera sustancial el contenido de la norma tras abrirse investigaciones por el presunto pago de coimas a prestadores y la eliminación de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

Como parte de la propuesta, las autoridades plantearon derogar los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la ley vigente, lo que implica un retroceso respecto al alcance universal de la ayuda estatal y regresa al modelo previo a la sanción de la emergencia. Además, se incorporarían nuevas restricciones para acceder a pensiones por invalidez, se redefinirían los criterios para la ayuda estatal y se endurecerían los controles sobre los beneficiarios.

Entre los principales cambios, se exigió un reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez, quienes deberán acreditar nuevamente su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales.

Según el texto al que tuvo acceso Infobae, “aquellos que no lo hagan sufrirán una suspensión automática de la pensión y la pérdida del beneficio”. Incluso, se prevé la posibilidad de realizar un proceso de fiscalización por medio del entrecruzamiento de información entre ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos públicos.

La modificación planteada por el Gobierno fue enviada al Senado (EFE)

De esta manera, el sistema permitiría la suspensión preventiva de la pensión ante cualquier inconsistencia detectada en los pedidos de ayuda estatal, con derecho a defensa y proceso. El “incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio”, propusieron.

El nuevo proyecto establecería que la pensión no contributiva pasaría a equivaler al 70% del haber mínimo jubilatorio. Sin embargo, eliminaría la facultad del Ejecutivo para otorgar aumentos por invalidez laboral y por zona geográfica desfavorable, lo que implicaría la eliminación de los beneficios adicionales que existían en la normativa previa.

También plantea el concepto de “incompatibilidad absoluta” con cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales. En este sentido, de aprobarse, la norma impediría que una persona con discapacidad mantenga la pensión si accede a un trabajo registrado. Además, se eliminarían los incentivos a empresas y organizaciones que contraten personas con discapacidad.

Por último, se eliminaría el piso mínimo de calidad en las prestaciones con aranceles homogéneos y autorizaría convenios entre la Nación, provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. Esto implica, de hecho, la eliminación del nomenclador y la desregulación de la negociación por obra social o prepaga.

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