Amado Boudou pidió su excarcelación: cumple una condena a cinco años y diez meses de prisión

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El ex vicepresidente quiere recuperar la libertad (Adrián Escandar)

Amado Boudou, el ex vicepresidente que fue condenado a 5 años y diez meses de prisión por la causa Ciccone, pidió hoy su excarcelación ante el tribunal que dispuso su detención y propuso que, en todo caso, le pongan una tobillera electrónica con GPS si quieren monitorear que no se fugue.

Así lo solicitó hoy la defensa, a cargo de Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, al sostener que después de la resolución tomada el viernes pasado por el juez Ariel Lijo en el caso por la ruta del dinero para comprar la quebrada imprenta ya no hay sospechas de que el ex vicespresidente pueda perjudicar la investigación.

La defensa de Boudou usó los argumentos que el propio Lijo sostuvo para no disponer prisiones preventivas en los procesamiento del ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray, la ex jefa de la Casa de la Moneda Katya Daura o el banquero Jorge Brito, entre otros. "Actualmente no observo de qué manera podrían entorpecer la investigación", pues "a esta altura entiendo que ya se han desarrollado todas aquellas medidas más relevantes y conducentes al esclarecimiento del hecho investigado, de manera tal que los imputados no podrían desarrollar, en esta instancia, comportamiento alguno que comprometa el éxito de la investigación", afirmó el juez, según citó el escrito de la defensa de Boudou al que accedió Infobae.

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Boudou está preso en la cárcel de Ezeiza desde agosto. El Tribunal Oral Federal 4 lo condenó a 5 años y 10 meses de prisión por los delitos de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública en la venta de ex Ciccone. La sentencia no está firme porque la defensa apeló a la Cámara Federal de Casación Penal. Pero los argumentos del juez Lijo en el fallo del viernes reactivaron los pedidos de libertad para el ex vicepresidente.

Para la defensa, "más allá del modo en que ha sido entonces fijada la calificación legal de los hechos, la responsabilidad que se le atribuyó a nuestro asistido en la sentencia del caso, la pena definida en esa primera instancia, los motivos que entonces se esgrimieran para detenerlo y los recursos que se alzaron contra todos ellos y se encuentran pendientes de respuesta definitiva, corresponde ahora revisar esa situación y los motivos de la cautela, en orden las circunstancias sobrevinientes reseñadas, para excarcelar a nuestro asistido en los términos de lo aquí solicitado".

La defensa expuso jurisprudencia (incluido un fallo que permitió que Rafael Di Zeo, barravabrava de Boca, estuviera en libertad) y remarcó que el propio Ministerio Publico estuvo de acuerdo con la libertad de Boudou.

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Según se resaltó, Boudou "siempre se mantuvo a derecho, posee arraigo, no incurrió en rebeldías, no intentó sustraerse, presenció la totalidad del debate, incluso la lectura de un veredicto que venía precedido por la posibilidad, luego concretada, de que se dispusiera su detención inmediata a pedido de una de las partes acusadoras" y "cualquier riesgo que se presuma puede ser conjurado por otras medidas alternativas que el encarcelamiento".

La defensa resaltó que "en su reemplazo podrían disponer otras medidas menos lesivas que la prisión preventiva, para asegurarse la sujeción del incidentista al proceso", como "la colocación de un dispositivo de monitoreo de GPS, con un radio de 100 kilómetros a la redonda de su lugar de residencia, retención de pasaporte e interdicción de expedir nuevos a su nombre, la presentación ante los estrados del Tribunal de forma semanal, prohibición de salida del país y de ausentarse de su domicilio sin autorización del Tribunal por más de 24 horas, en los términos del artículo 310 del CPPN, así como también la imposición de una caución real que resulte acorde y proporcional con su nivel de vida y composición patrimonial".

En ese marco, la defensa solicitó que "se evalúen las nuevas circunstancias reseñadas, que se vinculan con aquellas que entonces fueran invocadas para disponer la detención de nuestro asistido, y se ordene entonces su inmediata excarcelación" en base a la Constitución Nacional y la Convención Americana de Derechos Humanos.

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