
El pasado 29 de enero, la compañía Honda del Perú S.A. notificó al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) la convocatoria a revisión de 114 vehículos, específicamente los modelos Accord 2023 y ZR-V 2024, que fueron fabricados en el año 2023.
Esta decisión recae sobre la detección de problemas en los pretensores de los cinturones de seguridad delanteros. Es posible que el origen de este desperfecto recaiga sobre el ensamblado sin un remache, que asegure el acople de conexión rápida a la placa del cable del cinturón.
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La existencia de este daño puede incrementar el riesgo de lesiones para los ocupantes en caso de que se accidenten.
Cabe resaltar que la existencia de este desperfecto ya había sido alertado por la empresa Honda del Perú S.A. el 1 y 2 de febrero de 2024. Mediante una advertencia publicada en el diario El Comercio y en su página web, dieron a conocer que llevarán a cabo la revisión de los autos mencionados. También dijeron que es posible que realicen el cambio de la pieza afectada por uno nuevo de manera gratuita.
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El Indecopi ha requerido a la empresa que informe de manera regular sobre los avances en la revisión de los vehículos afectados hasta la conclusión de la campaña.
Para verificar si su vehículo está sujeto a esta campaña de revisión, puede acceder al siguiente enlace: https://recall.honda.com.pe/ y también puede solicitar asistencia llamando al teléfono 0800 - 28000.
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Indecopi en contra de que Minedu cobre cuota de reingreso en colegios privados
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) emitió una resolución en la que denunció como una “barrera burocrática ilegal” la medida impuesta por el Ministerio de Educación (Minedu) relacionada con la cuota de reincorporación establecida por los colegios privados para los estudiantes a quienes se les reembolsó el saldo restante del pago inicial al momento de su salida.
Según la normativa, solo en situaciones donde se haya cubierto la parte faltante de la cuota de ingreso, las familias deben afrontar el costo de regresar al establecimiento educativo.
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La controversia entre Indecopi y el Minedu radica en el método de cálculo, ya que, según el Minedu, este debería basarse en la edad o el grado pendiente de conclusión, lo que implica dividir la cuota en un total de 13 grados (2 grados en educación inicial, 6 grados en educación primaria y 5 grados en educación secundaria).
Sin embargo, para el instituto, esto va en contra de lo estipulado en el numeral 16.8 del artículo 16 de la Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados. Esta disposición establece que el cobro debe realizarse únicamente de manera proporcional a los niveles o ciclos en los que el estudiante haya permanecido en la institución educativa. Es decir, en educación inicial, primaria y secundaria, en el caso de los niveles, o en siete ciclos: dos en educación inicial, tres en educación primaria y dos en educación secundaria.
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