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INE decide que boletas planchadas no contarán como votos válidos ni nulos en 2027

El Consejo General modificó sus lineamientos, las papeletas que no puedan vincularse objetivamente con un sufragio emitido serán inutilizadas

La sentencia de la Sala Superior del TEPJF determinó que una boleta sin dobleces no puede vincularse objetivamente con un voto emitido. Crédito: X / @saquribe

El INE estableció nuevas reglas para las boletas sin marcas de doblez (o boletas planchadas) en las elecciones federales de 2026-2027 y procesos locales: las papeletas que no puedan vincularse objetivamente con un voto emitido no contarán como sufragios válidos ni nulos y serán inutilizadas.

Dicha medida derivó de una sentencia de la Sala Superior del TEPJF y busca uniformar el escrutinio en las casillas.

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El Consejo General modificó los Lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal de las elecciones federales del próximo proceso electoral en el 2027, así como los aplicables a comicios locales.

Las boletas sin dobleces se inutilizarán con dos rayas de tinta y se separarán de los votos válidos y nulos. X/@MartinFazMora

La resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que una boleta sin las marcas de doblez necesarias para depositarla en la urna no puede relacionarse de forma objetiva con un voto efectivamente emitido. Por ello, estos documentos quedarán fuera de la suma de resultados.

Cuando el funcionariado de Casilla Única detecte una papeleta en esa condición, deberá asentarlo en la hoja de incidentes. Después, la boleta recibirá el tratamiento de una papeleta sobrante: se inutilizará con dos rayas de tinta y se conservará separada de los votos válidos y nulos.

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El acuerdo también incorpora instrucciones dirigidas a la Presidencia, las Secretarías y las personas Escrutadoras de las casillas para que el procedimiento se aplique de la misma manera en cada caso.

INE amplía revisiones para observadores electorales

El INE amplía las revisiones de aspirantes a observadores electorales para impedir la participación de operadores de programas sociales. (Foto: X/@BlancaYCG)

En la misma sesión, el Consejo General modificó los Lineamientos para la Observación Electoral del Proceso Electoral Concurrente 2026-2027, con el propósito de impedir la participación de operadores de programas sociales en estas tareas ciudadanas.

Como parte del cumplimiento de otra sentencia de la Sala Superior del TEPJF, el INE ampliará las bases de datos que consulta para verificar a quienes soliciten acreditarse como observadores. Pedirá información a los tres órdenes de gobierno, incluidos los padrones de personas servidoras públicas y de Servidoras de la Nación.

El consejero Martín Faz Mora sostuvo que los cambios permiten fortalecer la observación electoral como un ejercicio ciudadano independiente y libre de interferencias, orientado a vigilar la autenticidad e integridad de los procesos electorales.

Dicho procedimiento contempla el derecho de audiencia de las personas aspirantes. Si el INE detecta una coincidencia entre sus registros y las bases de datos gubernamentales, deberá notificar al interesado para que aclare su caso antes de emitir una determinación final.

Información en desarrollo

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