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¿El infonavit deposita dinero a pensionados? No es automático: cómo y a quién aplica realmente la devolución

El instituto contempla un procedimiento diferenciado para jubilados bajo Ley 73 que aún conserven saldo disponible; la solicitud puede hacerse en línea o en un Centro de Atención a Pensionados y Devoluciones

La medida alcanza a quienes recibieron su pensión por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad total, parcial o mayor al 50%. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) confirmó que las personas con una Resolución de Pensión emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueden solicitar la devolución del ahorro acumulado en su Subcuenta de Vivienda. El beneficio no llega de forma automática: requiere un trámite formal y solo aplica bajo condiciones específicas.

La medida alcanza a quienes recibieron su pensión por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad total, parcial o mayor al 50%. El instituto aclaró el procedimiento en un comunicado dirigido a sus derechohabientes.

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Un tutorial informativo muestra los pasos para solicitar la devolución del saldo de la subcuenta de vivienda a través del portal en línea Mi Cuenta Infonavit. En la pantalla se observan la navegación en el sitio web, la selección de la opción correspondiente, la validación mediante los archivos de la firma electrónica avanzada (e.firma) del SAT y la verificación de los datos bancarios para el depósito de los recursos.

Quiénes pueden reclamar el ahorro

No todos los jubilados del IMSS acceden al mismo mecanismo. El Infonavit permite recuperar el saldo de la Subcuenta de Vivienda a las personas pensionadas que nunca utilizaron esos recursos para adquirir un crédito hipotecario y que cuentan con una resolución de pensión vigente emitida por el IMSS.

El trámite depende del régimen bajo el cual se determinó la pensión: Ley 73 o Ley 97. Esa clasificación no la elige el pensionado a su antojo, sino que surge de la fecha en que comenzó a cotizar ante el IMSS y de si mantuvo o no una relación laboral asalariada después de cierta fecha.

Ley 73 y Ley 97: dos caminos distintos

Quienes cotizaron antes de esa fecha y continuaron trabajando de forma asalariada después, pueden elegir entre Ley 73 o Ley 97 para definir su pensión. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El régimen aplicable se define según el momento de ingreso al mercado laboral formal. El Infonavit estableció tres escenarios posibles.

Si la persona cotizó ante el IMSS y recibió aportaciones al Infonavit antes del 1 de julio de 1997, pero luego dejó de tener una relación laboral asalariada, su pensión se determina bajo el régimen de Ley 73.

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Quienes cotizaron antes de esa fecha y continuaron trabajando de forma asalariada después, pueden elegir entre Ley 73 o Ley 97 para definir su pensión. El Infonavit señaló que esa elección debe hacerse antes de iniciar el trámite de pensión, ya que no es reversible.

En cambio, si la persona empezó a cotizar y a recibir aportaciones al Infonavit después del 1 de julio de 1997, la pensión corresponde de forma directa al régimen de Ley 97.

Bajo Ley 73, los recursos pueden solicitarse en una sola exhibición, ya sea ante el Infonavit o ante la Afore, según el tipo de fondos acumulados. Bajo Ley 97, el tratamiento cambia: las Subcuentas de Vivienda 92 y 97 deben tramitarse ante la Afore, mientras que el Fondo de Ahorro 1972-1992 u otras aportaciones directas se solicitan ante el Infonavit.

La condición que pocos cumplen

El requisito central que determina si existe saldo disponible es no haber utilizado la Subcuenta de Vivienda en un crédito hipotecario previo. Si el trabajador ya ejerció ese derecho durante su vida laboral, no quedan recursos pendientes de devolución.

El Infonavit también contempla un trámite específico para pensionados de Ley 73 que tengan 70 años o más y aún conserven saldo disponible en su Subcuenta de Vivienda.

El instituto remarcó el carácter permanente de este derecho. “Estos ahorros son imprescriptibles, es decir, que no tienen fecha límite para ser reclamados”, señaló el Infonavit, y precisó que las personas titulares o sus beneficiarios pueden solicitarlos en cualquier momento, junto con los intereses generados.

Los beneficiarios de una persona derechohabiente fallecida también pueden acceder a esos recursos, siempre que acrediten su derecho ante el IMSS como beneficiarios legales.

Paso a paso para solicitar la devolución

Antes de comenzar, conviene identificar si los recursos corresponden al Fondo de Ahorro 1972-1992 (Imagen Ilustrativa Infobae)

Quienes cumplan los requisitos pueden iniciar el trámite siguiendo este procedimiento:

1. Revisar el saldo disponible en la Subcuenta de Vivienda a través de Mi Cuenta Infonavit, la aplicación móvil, los Kioscos de Autoservicio o el estado de cuenta de la Afore.

2. Confirmar el régimen correspondiente (Ley 73 o Ley 97) según la fecha de inicio de cotización ante el IMSS, y definir ante qué institución corresponde el trámite.

3. Verificar los datos personales y asegurarse de contar con una cuenta bancaria activa a nombre del solicitante, que sea la que recibirá el depósito.

4. Contar con e.firma vigente emitida por el SAT, requisito indispensable para realizar la solicitud en línea desde Mi Cuenta Infonavit.

5. Elegir el canal de trámite: en línea, a través de Mi Cuenta Infonavit, o de forma presencial en un Centro de Atención a Pensionados y Devoluciones (CAPDE) o en los Centros de Servicio Infonavit, según el caso.

6. Presentar la solicitud con la documentación requerida y esperar la validación por parte del instituto.

7. Recibir el depósito, que se realiza en la cuenta bancaria proporcionada en un plazo de hasta 10 días hábiles una vez aprobada la solicitud.

Antes de comenzar, conviene identificar si los recursos corresponden al Fondo de Ahorro 1972-1992, a las Subcuentas de Vivienda 92 y 97, o a aportaciones extraordinarias, ya que de eso depende si el trámite se hace ante el Infonavit o ante la Afore.

Advertencia sobre intermediarios

No existe necesidad de contratar intermediarios para presentar una solicitud oficial.(Imagen Ilustrativa Infobae)

El Infonavit remarcó que todos sus trámites y servicios son gratuitos. El instituto alertó sobre personas u organizaciones que ofrecen gestionar la devolución del ahorro a cambio de un pago.

No existe necesidad de contratar intermediarios para presentar una solicitud oficial. El Infonavit recomendó utilizar únicamente los canales institucionales, ya sea Mi Cuenta Infonavit o los centros de atención presencial, para evitar fraudes relacionados con este trámite.

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